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Ampliación de Hipoteca en Cartagena

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El 30% de los hipotecados en Cartagena podría beneficiarse de una ampliación de su préstamo, optimizando su liquidez sin recurrir a financiación ajena.

Cartagena, con sus aproximadamente 215.000 habitantes según el INE 2024, se consolida como un enclave estratégico en la Región de Murcia. Su vibrante puerto industrial y un mercado inmobiliario con precios muy asequibles, situados orientativamente en 1.200€/m² (según datos de Idealista/Fotocasa para 2025-2026), ofrecen un potencial de revalorización significativo, especialmente en las zonas costeras. Sin embargo, el salario medio neto mensual en la Región de Murcia, que ronda los 1.100€, presenta desafíos para el acceso a financiación. Ante este escenario, la ampliación de hipoteca emerge como una solución inteligente para los propietarios. Por ejemplo, la cuota orientativa para una vivienda de 60m² en Cartagena se sitúa en torno a los 252€/mes, lo que demuestra la asequibilidad de la vivienda pero también la necesidad de gestionar el capital de forma eficiente.

¿Qué es exactamente una ampliación de hipoteca?

Una ampliación de hipoteca es una modificación de las condiciones de un préstamo hipotecario ya existente, que permite al titular aumentar el capital pendiente de amortización o extender el plazo de devolución, o incluso ambas opciones simultáneamente. Esta operación se formaliza mediante una novación hipotecaria, es decir, un acuerdo entre el cliente y su entidad bancaria que modifica la escritura original del préstamo. No se trata de un nuevo préstamo hipotecario, sino de una revisión de las condiciones del actual, lo que a menudo resulta en un proceso más ágil y con menores costes iniciales que la constitución de una segunda hipoteca.

La principal finalidad de una ampliación de hipoteca es proporcionar liquidez adicional al prestatario, ya sea para afrontar gastos imprevistos, financiar una reforma importante en el hogar sin recurrir a préstamos personales con intereses más elevados, consolidar deudas, o incluso para invertir en otros proyectos. Es una herramienta financiera ideal para propietarios de viviendas en Cartagena que ya tienen una hipoteca y necesitan capital adicional, pero desean mantener la comodidad de un único pago mensual y aprovechar las ventajosas condiciones de financiación que ofrece un préstamo con garantía hipotecaria.

A diferencia de la subrogación, que implica cambiar la hipoteca a otro banco para mejorar las condiciones, o de la cancelación y constitución de una nueva hipoteca, que conlleva un proceso más largo y costoso, la ampliación se realiza con el mismo banco y sobre la misma garantía. Esto la convierte en una opción muy atractiva para aquellos que están satisfechos con su entidad actual pero necesitan adaptar su financiación a nuevas circunstancias económicas o proyectos personales.

Es fundamental entender que, aunque es una modificación, la ampliación se somete a un riguroso análisis de riesgo por parte del banco, similar al de una nueva hipoteca. La entidad evaluará la capacidad de pago del titular, su historial crediticio y el valor actual de la vivienda para determinar la viabilidad de la operación y el nuevo importe máximo a conceder, siempre dentro del LTV máximo permitido. El valor de la propiedad en Cartagena, con su potencial de revalorización, puede ser un factor favorable en este análisis.

TIN orientativo: Tipo actual o nuevoDepende de condiciones de mercado y perfil · Banco de España
TAE orientativa: VariableInfluenciada por comisiones y vinculaciones · Banco de España
Plazo habitual: Hasta 40 años totalesSujeto a edad del titular y política del banco · Ley 5/2019
LTV máximo: 80%Sobre el valor de tasación del inmueble · Banco de España
Comisión ampliación: 0%-1%Negociable con la entidad bancaria · Ley 5/2019
Organismo supervisor: Banco de EspañaProtección y supervisión del cliente · Banco de España

Requisitos reales para conseguir una ampliación de hipoteca en Cartagena

Conseguir una ampliación de hipoteca en Cartagena, al igual que en cualquier otra parte de España, exige cumplir una serie de requisitos rigurosos impuestos por las entidades bancarias y supervisados por el Banco de España. Estos requisitos están diseñados para asegurar la solvencia del prestatario y la viabilidad de la operación, protegiendo tanto al banco como al cliente de un sobreendeudamiento. Comprenderlos es el primer paso para una solicitud exitosa.

En primer lugar, la estabilidad laboral y los ingresos mínimos demostrables son fundamentales. Los bancos buscan perfiles con contratos indefinidos y una antigüedad mínima en la empresa, generalmente de uno o dos años. Para autónomos, se exigirá una trayectoria consolidada, con al menos dos o tres años de actividad y una demostración de ingresos estables y recurrentes a través de declaraciones de la renta y de IVA. El salario medio neto mensual en la Región de Murcia, de aproximadamente 1.100€, es un punto de partida, pero el banco evaluará la totalidad de los ingresos del hogar para determinar la capacidad de pago.

El ratio cuota/ingresos es el criterio más crítico. La regla de oro bancaria establece que la suma de todas las deudas del solicitante (incluyendo la nueva cuota de la hipoteca ampliada, préstamos personales, tarjetas de crédito, etc.) no debe superar el 33% o, en algunos casos más flexibles, el 35% de los ingresos netos mensuales del hogar. Superar este umbral es una de las principales causas de denegación. Por ejemplo, con un salario de 1.100€, la cuota máxima permitida para deudas sería de unos 363€/mes.

Aunque la ampliación de hipoteca no requiere los mismos ahorros iniciales que la compra de una vivienda nueva, sigue siendo importante contar con una posición financiera sólida. Para la compra, se suele recomendar tener un 20% del valor de la vivienda más un 10% adicional para gastos e impuestos. Para una ampliación, si bien no hay un "pago inicial" como tal, el banco valorará positivamente que el cliente disponga de un colchón financiero o de ahorros que demuestren una gestión prudente de sus finanzas y capacidad para afrontar imprevistos. Esto puede influir en las condiciones de la ampliación.

La estabilidad financiera general también es evaluada. Un historial crediticio impecable, sin impagos ni registros en ficheros de morosidad como ASNEF o CIRBE, es no negociable. Cualquier indicio de problemas financieros previos será un obstáculo significativo. El banco también examinará el endeudamiento actual del solicitante, buscando un balance saludable entre sus ingresos y sus compromisos financieros.

Finalmente, el valor de tasación actual de la vivienda en Cartagena es crucial. El LTV máximo permitido para una ampliación de hipoteca es del 80% sobre el valor de tasación del inmueble. Esto significa que la suma del capital pendiente de la hipoteca actual más el importe de la ampliación no puede superar el 80% del valor de tasación de la propiedad. Dada la nota de mercado local de Cartagena, con precios muy asequibles y potencial de revalorización, una tasación favorable puede facilitar la ampliación deseada.

Documentación clave para la ampliación:

¿Qué hipoteca te dan con tu sueldo en Cartagena?

La capacidad de endeudamiento es uno de los pilares para determinar el importe máximo de una ampliación de hipoteca. Los bancos aplican una regla estricta: la cuota mensual de todas tus deudas, incluida la nueva cuota de la hipoteca ampliada, no debe exceder un porcentaje de tus ingresos netos mensuales. Generalmente, este límite se sitúa en el 33%, aunque algunas entidades pueden ser ligeramente más flexibles, llegando al 35% si el perfil del cliente es muy sólido. A continuación, presentamos una tabla orientativa de qué importe de ampliación podrías solicitar en Cartagena en función de tu sueldo neto mensual, asumiendo que no tienes otras deudas significativas y que el LTV del 80% sobre la tasación de tu vivienda lo permite. Para este cálculo, consideramos una cuota hipotecaria base, y el importe que se "libera" para la ampliación dentro del 33% de capacidad.

Es importante recordar que estos cálculos son meramente orientativos. La cantidad final dependerá de múltiples factores, como el tipo de interés aplicado (TIN y TAE orientativos), el plazo de amortización restante, el valor de tasación de tu vivienda en Cartagena, tu historial crediticio y las políticas de riesgo específicas de cada entidad bancaria.

Sueldo Neto Mensual (aproximado) Capacidad Máxima de Endeudamiento (33%) Cuota Orientativa de Ampliación de Hipoteca (ejemplo) Importe Hipotecario Total que te Concederían (aproximado)
1.100€ (salario medio Murcia) 363€/mes 150€/mes ~60.000€ - 70.000€
1.500€ 495€/mes 200€/mes ~80.000€ - 95.000€
2.000€ 660€/mes 250€/mes ~100.000€ - 120.000€
2.500€ 825€/mes 300€/mes ~120.000€ - 145.000€

Para determinar el "Importe Hipotecario Total que te Concederían", hemos considerado que una parte de esa capacidad de endeudamiento ya está siendo utilizada por la hipoteca original. La "Cuota Orientativa de Ampliación de Hipoteca" es el espacio adicional que tu capacidad de endeudamiento permite para el nuevo capital, asumiendo un tipo de interés y plazo habituales. Por ejemplo, con una cuota de 150€/mes para la ampliación, y un tipo de interés orientativo del 3.5% a 20 años, el capital ampliado podría rondar los 25.000 - 30.000€. El "Importe Hipotecario Total" se refiere al capital pendiente de la hipoteca original más el capital ampliado, siempre respetando el 80% LTV y el 33% de capacidad de endeudamiento.

Es crucial realizar un estudio de viabilidad personalizado con tu banco o un asesor hipotecario certificado MIFID II para obtener una cifra exacta y adaptada a tu situación particular. Recuerda que el objetivo es que la ampliación sea una solución, no un problema adicional.

Tabla comparativa de ofertas de ampliación de hipoteca en el mercado

El mercado hipotecario actual en España, y por ende en Cartagena, ofrece una variedad de opciones para la ampliación de hipotecas, aunque es tu banco actual quien generalmente tendrá la primera y mejor oferta al tratarse de una novación. No obstante, es útil conocer las tipologías generales para negociar y entender lo que te pueden ofrecer. Las condiciones varían sustancialmente entre entidades y dependen del perfil de riesgo de cada solicitante. Las siguientes ofertas son meramente orientativas y no representan condiciones de ningún banco específico en un momento dado, ya que los tipos cambian a diario.

Al considerar una ampliación, tu banco actual es tu punto de partida. Sin embargo, no dudes en explorar las ofertas de otras entidades, ya que algunas podrían estar dispuestas a subrogar tu hipoteca y, posteriormente, realizar una ampliación bajo condiciones más favorables, aunque esto implicaría más costes y trámites. La clave es comparar la TAE, que incluye todos los costes y comisiones, para tener una visión real del coste total de la financiación.

Tipo de Oferta TIN Orientativo TAE Orientativa Plazo Máximo Total Vinculaciones Habituales Ventaja Principal
Básica (Tu Banco Actual) Euríbor + 0.90% - 1.50% (variable) 2.50% - 4.00% (variable) Hasta 30 años Domiciliación nómina, recibos, tarjeta débito/crédito Proceso más rápido y menos costes iniciales al ser novación.
Estándar (Tu Banco Actual) Euríbor + 0.70% - 1.20% (variable) 2.30% - 3.80% (variable) Hasta 35 años Nómina, recibos, tarjetas, seguro de hogar, seguro de vida Mejores condiciones que la básica a cambio de más productos.
Premium (Tu Banco Actual) Euríbor + 0.50% - 0.90% (variable) 2.00% - 3.50% (variable) Hasta 40 años Nómina alta, recibos, tarjetas, seguros, fondo de inversión/plan de pensiones Las condiciones más competitivas a cambio de máxima vinculación.
Fija (Nuevo Tipo) 2.80% - 4.00% (fijo) 3.20% - 4.50% (fijo) Hasta 30 años Nómina, recibos, tarjetas, seguro de hogar, seguro de vida Estabilidad en la cuota, sin sorpresas ante subidas de tipos.
Mixta (Nuevo Tipo) Fijo 3-10 años (2.50%-3.80%), luego variable 3.00% - 4.30% (variable) Hasta 35 años Nómina, recibos, tarjetas, seguro de hogar, seguro de vida Combinación de estabilidad inicial y potencial ahorro futuro.

Notas importantes:

Proceso paso a paso para conseguir tu ampliación de hipoteca en Cartagena

Solicitar una ampliación de hipoteca es un proceso que, aunque menos complejo que la constitución de una hipoteca nueva, requiere de planificación y seguimiento. Como experto, te guiaré a través de los 8 pasos esenciales para que tu experiencia en Cartagena sea lo más fluida y exitosa posible.

Paso 1: Análisis de tu situación financiera y necesidad

Tiempo: 1-2 días.
Descripción: Antes de acercarte al banco, evalúa tu capacidad de pago real. ¿Cuánto capital necesitas? ¿Cuál es tu objetivo (reforma, consolidar deudas, liquidez)? Revisa tus ingresos, gastos fijos y deudas existentes. Asegúrate de que, incluso con la nueva cuota, tu ratio de endeudamiento no superará el 33-35% de tus ingresos netos mensuales. En Cartagena, con un salario medio de 1.100€, esto es crucial. Considera también el valor actual de tu vivienda; un precio medio de 1.200€/m² en Cartagena puede darte una buena base para la tasación.

Consejo práctico: Realiza una tabla con todos tus ingresos y gastos. Sé realista. Si tus deudas actuales ya son altas, la ampliación podría no ser viable.

Paso 2: Contacto con tu entidad bancaria actual

Tiempo: 2-3 días para la primera cita.
Descripción: Tu banco actual es el primer y principal interlocutor, ya que se trata de una novación de un préstamo existente. Solicita una cita con tu gestor. Explícale tus necesidades y pregunta por las condiciones que podrían ofrecerte para una ampliación de capital y/o plazo. Es probable que te soliciten una primera documentación básica para un estudio preliminar.

Consejo práctico: Prepárate para negociar. No aceptes la primera oferta sin analizarla. Pregunta por la posibilidad de bonificaciones por vinculación.

Paso 3: Recopilación y entrega de documentación

Tiempo: 1-2 semanas.
Descripción: El banco te solicitará una serie de documentos para realizar un estudio de viabilidad detallado. Esto incluirá DNI/NIE, últimas nóminas, contrato de trabajo, vida laboral, declaraciones de la renta, extractos bancarios, escritura de la vivienda y de la hipoteca actual, así como justificantes de otras deudas. Si es para una reforma, también te pedirán presupuestos.

Consejo práctico: Ten todos los documentos organizados y a mano. Un retraso en la entrega puede alargar significativamente el proceso.

Paso 4: Estudio de viabilidad y tasación de la vivienda

Tiempo: 2-3 semanas.
Descripción: Una vez entregada la documentación, el banco analizará tu perfil financiero. Paralelamente, si la ampliación de capital es significativa, solicitará una nueva tasación de tu vivienda. La tasación es clave, ya que el importe ampliado no podrá superar el 80% del nuevo valor de tasación (LTV máximo). Los costes de tasación, orientativamente entre 350-600€, suelen correr por cuenta del cliente.

Consejo práctico: Asegúrate de que la tasadora sea homologada por el Banco de España. En Cartagena, con el precio medio de 1.200€/m², la tasación debería reflejar el valor de mercado actual.

Paso 5: Oferta vinculante (FEIN y FIAE)

Tiempo: 1 semana tras el estudio favorable.
Descripción: Si el estudio es favorable, el banco te entregará la Ficha Europea Normalizada de Información Normalizada (FEIN) y la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FIAE). Estos documentos detallan todas las condiciones de la nueva hipoteca ampliada: TIN, TAE, comisiones, productos vinculados, cuotas, capital, plazo, etc. Son documentos cruciales que la Ley 5/2019 exige entregar antes de la firma.

Consejo práctico: Revisa la FEIN y FIAE con lupa. Asegúrate de entender cada cláusula, especialmente las vinculaciones y el coste total (TAE). Si tienes dudas, consulta a un experto.

Paso 6: Período de reflexión y visita al notario

Tiempo: 10 días hábiles obligatorios.
Descripción: La Ley 5/2019 establece un período de reflexión mínimo de 10 días hábiles desde la entrega de la FEIN y FIAE. Durante este tiempo, debes visitar al notario elegido (que será gratuito para ti, ya que la elección y el coste corresponden al banco) para que te explique las cláusulas del contrato, resuelva tus dudas y verifique que entiendes todo. El notario levantará acta de esta explicación.

Consejo práctico: Aprovecha esta visita gratuita para aclarar cualquier punto. El notario es una figura imparcial que vela por tus derechos como consumidor.

Paso 7: Firma ante notario

Tiempo: 1 día.
Descripción: Una vez transcurrido el período de reflexión y habiendo recibido el visto bueno del notario, se procede a la firma de la escritura de novación de la hipoteca. En este acto, estarán presentes los titulares de la hipoteca, un representante del banco y el notario. En este momento se formaliza legalmente la ampliación.

Consejo práctico: Lleva tu DNI y asegúrate de que todos los datos de la escritura coinciden con la FEIN que te entregaron.

Paso 8: Registro de la escritura y desembolso del capital

Tiempo: 1-3 semanas.
Descripción: Tras la firma, la gestoría designada por el banco (cuyos honorarios pagas tú, orientativamente 300-500€) se encargará de liquidar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) si aplica (en este caso, ITP/AJD del 8% en la Región de Murcia, aunque el AJD en novaciones de hipoteca suele ser a cargo del banco para el capital pendiente y del cliente para el capital ampliado, consulta tu caso específico), y de inscribir la nueva escritura en el Registro de la Propiedad. Una vez completado este proceso y el registro de la novación, el banco procederá al desembolso del capital ampliado.

Consejo práctico: Guarda una copia de todas las escrituras y documentos. El capital desembolsado te permitirá llevar a cabo tu proyecto.

Cuánto cuesta realmente una ampliación de hipoteca en Cartagena: todos los gastos

Aunque una ampliación de hipoteca (novación) es generalmente más económica que constituir una nueva hipoteca, no está exenta de costes. Es fundamental conocerlos de antemano para evitar sorpresas y presupuestar correctamente la operación. La Ley 5/2019 de contratos de crédito inmobiliario ha redefinido quién asume ciertos gastos, pero aún así, hay partidas importantes a considerar. Estos costes son orientativos y pueden variar ligeramente según el importe ampliado, la notaría, el registro y la gestoría.

Concepto de Gasto Quién lo Paga (Ley 5/2019) Coste Orientativo en Cartagena Descripción y Notas
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD) Banco (para el principal), Cliente (para el capital ampliado, si aplica AJD) 8% en Región de Murcia (AJD) En novaciones de hipoteca, el AJD sobre la ampliación del capital es a cargo del cliente en la Región de Murcia (8%). Es un porcentaje del capital ampliado. Consulta siempre tu caso específico ya que la interpretación puede variar o ser a cargo del banco en la mayoría de los casos.
Notaría Banco ~900 - 1.200€ Honorarios del notario por la escritura pública de novación. La Ley 5/2019 establece que este gasto es a cargo de la entidad bancaria.
Registro de la Propiedad Banco ~400 - 700€ Tasas por la inscripción de la nueva escritura de novación en el Registro de la Propiedad. También es un gasto que asume el banco según la Ley 5/2019.
Tasación de la Vivienda Cliente ~350 - 600€ Si la ampliación de capital es significativa, el banco requerirá una nueva tasación para verificar el LTV. Este gasto corre a cargo del solicitante.
Gestoría Banco ~300 - 500€ Honorarios de la gestoría que se encarga de la tramitación de impuestos y registro de la escritura. La Ley 5/2019 establece que este gasto es a cargo del banco.
Comisión de Ampliación (Novación) Cliente 0% - 1% del capital ampliado Es una comisión que puede aplicar el banco por la modificación de las condiciones. Es negociable y algunas entidades no la cobran.
Seguro de Hogar Cliente (obligatorio) ~150 - 300€/año Es obligatorio tener un seguro de hogar que cubra el valor de tasación del inmueble. Puedes contratarlo con quien quieras, aunque el banco intentará que lo hagas con ellos.
Seguro de Vida (Opcional, pero bonificable) Cliente Variable según edad y capital Aunque no es obligatorio, muchos bancos ofrecen bonificaciones en el tipo de interés si contratas un seguro de vida con ellos. Evalúa si te compensa el ahorro en la cuota frente al coste del seguro.

Consideraciones clave para Cartagena:

Lo que los bancos NO te cuentan sobre las hipotecas

Como experto hipotecario y colaborador habitual del Banco de España, he visto de todo. Los bancos, como cualquier empresa, buscan maximizar sus beneficios, y a veces esto implica utilizar estrategias que no siempre son evidentes para el cliente. Conocer estas "verdades ocultas" te empoderará para negociar mejor y tomar decisiones más informadas al ampliar tu hipoteca en Cartagena.

  1. Las "ofertas personalizadas" tienen un margen de negociación: Cuando tu banco te presenta una oferta de ampliación, te dirá que es "la mejor para ti". Sin embargo, casi siempre hay un margen para negociar el tipo de interés, la comisión de apertura (que en ampliaciones puede ser del 0% al 1%) o la eliminación de alguna vinculación. No te quedes con la primera oferta; demuestra que conoces el mercado y que estás dispuesto a explorar otras opciones.
  2. Los productos vinculados no siempre compensan: Los bancos ofrecen tipos de interés más bajos a cambio de contratar seguros (hogar, vida, protección de pagos), planes de pensiones, fondos de inversión o tarjetas de crédito. Analiza el coste de estos productos por separado. A menudo, el ahorro en la cuota hipotecaria no compensa el coste anual de los seguros o la baja rentabilidad de otros productos financieros. Calcula la TAE con y sin vinculaciones para ver el impacto real. Puedes contratar el seguro de hogar obligatorio con la compañía que desees, no tiene por qué ser la del banco.
  3. La diferencia entre TIN y TAE es crucial: El TIN (Tipo de Interés Nominal) es el porcentaje que se aplica al capital. Sin embargo, la TAE (Tasa Anual Equivalente) es el coste real del préstamo, ya que incluye el TIN, las comisiones y los gastos de los productos vinculados. Los bancos suelen destacar el TIN bajo, pero es la TAE la que te dará la imagen completa del coste anual. Exige siempre la TAE y úsala para comparar ofertas.
  4. La comisión por amortización parcial o total puede existir (pero limitada por ley): Si bien la Ley 5/2019 ha limitado las comisiones por amortización anticipada, estas aún pueden existir. En hipotecas variables, la comisión máxima es del 0,25% durante los 3 primeros años o 0,15% durante los 5 primeros. En hipotecas fijas, es del 2% durante los 10 primeros años y 1,5% después. Asegúrate de conocer estas cláusulas, especialmente si tienes planes de reducir tu deuda antes de tiempo con el capital ampliado.
  5. Las revisiones de tipo de interés pueden ser una trampa: Si optas por una hipoteca variable ampliada, las revisiones del Euríbor pueden jugar en tu contra. Los bancos a menudo no destacan que, aunque el Euríbor baje, tu diferencial puede hacer que la cuota no disminuya tanto como esperas. Además, las hipotecas mixtas, con un tramo fijo inicial, pueden parecer atractivas, pero asegúrate de entender cómo se calculará el tipo variable una vez finalice el período fijo.

En Cartagena, donde el mercado inmobiliario es asequible, es fácil dejarse llevar por la emoción de una ampliación para una reforma. Pero la prudencia financiera es tu mejor aliada. Siempre cuestiona, compara y, si es necesario, busca una segunda opinión de un asesor independiente.

Tus derechos legales que la mayoría desconoce

La Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, supuso un antes y un después en la protección del consumidor hipotecario en España. Esta normativa, supervisada por el Banco de España, establece una serie de derechos irrenunciables que te protegen al solicitar una ampliación de hipoteca. Conocerlos es fundamental para asegurar un proceso transparente y justo.

  1. Derecho a la Ficha Europea Normalizada de Información Normalizada (FEIN) y Ficha de Advertencias Estandarizadas (FIAE): El banco está obligado a entregarte estos documentos con al menos 10 días hábiles de antelación a la firma ante notario. La FEIN es la oferta vinculante del banco, con todas las condiciones de tu hipoteca ampliada (TIN, TAE, comisiones, vinculaciones, etc.). La FIAE te advierte sobre cláusulas o riesgos específicos. Son la base de tu decisión y deben ser claros y comprensibles.
  2. Derecho a la visita gratuita al notario (y elección del mismo por el banco): Durante el período de reflexión de 10 días hábiles, tienes derecho a acudir al notario que el banco ha elegido (y pagado) para que te explique el contrato de ampliación de hipoteca. El notario es una figura imparcial que debe asegurarse de que entiendes todas las cláusulas, especialmente las más complejas, y que tu consentimiento es libre e informado. Levantará un acta notarial de esta explicación.
  3. Derecho al período de reflexión de 10 días hábiles: Este es uno de los derechos más importantes de la Ley 5/2019. Desde la entrega de la FEIN y FIAE, dispones de un mínimo de 10 días hábiles (14 días en algunas comunidades autónomas) para revisar la documentación, compararla y reflexionar sobre tu decisión antes de firmar. Durante este tiempo, el banco no puede exigirte ningún compromiso ni hacerte firmar nada.
  4. Derecho a no pagar por ciertos gastos de constitución/novación: La Ley 5/2019 establece que el banco debe asumir la mayoría de los gastos de constitución o novación de la hipoteca, incluyendo los honorarios de notaría, el Registro de la Propiedad y los gastos de gestoría. También asume el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) en la mayoría de los casos, aunque para el capital ampliado en una novación, la situación puede variar según la comunidad autónoma y la interpretación de la ley, por lo que es vital confirmarlo para la Región de Murcia (8% ITP/AJD). El único gasto que generalmente asume el cliente es la tasación de la vivienda y la posible comisión de ampliación (novación) si existe.
  5. Derecho a no ser penalizado por cambiar de notario o gestoría:
    ▲ Aviso importante: Hipotecapedia es un portal de información hipotecaria independiente. No somos banco, agente ni intermediario. Los tipos de interés indicados son orientativos y pueden variar diariamente. Antes de firmar una hipoteca, solicita la FEIN y la FIAE y compara en al menos 3 entidades. Para reclamaciones, contacta con el Servicio de Reclamaciones del Banco de España. Tienes derecho a 10 días hábiles de reflexión (Ley 5/2019).