El 40% de los hipotecados en Cartagena ha considerado una reestructuración de su deuda en los últimos 2 años, evidenciando la creciente necesidad de flexibilidad financiera.
Cartagena, con sus 215.000 habitantes y un vibrante puerto industrial, se posiciona como una de las ciudades con mayor potencial de revalorización en la costa murciana, ofreciendo precios de vivienda muy asequibles. El precio medio del metro cuadrado se sitúa orientativamente en 1.200€, según datos de Idealista y Fotocasa para 2025-2026, lo que la convierte en un destino atractivo tanto para inversión como para residencia. Sin embargo, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD) en la Región de Murcia es del 8%, un factor relevante a considerar en la compra. Con un salario medio neto mensual aproximado de 1.100€ en la Región de Murcia, la accesibilidad a la vivienda es un punto fuerte, reflejado en una cuota orientativa para una vivienda de 60m² de tan solo ~252€/mes, haciendo que la gestión de la hipoteca sea un aspecto crucial para muchos hogares.
¿Qué es exactamente una carencia hipotecaria?
Una carencia hipotecaria es un acuerdo temporal entre el prestatario y el banco que permite suspender el pago de una parte de la cuota hipotecaria durante un período determinado. Específicamente, durante el tiempo de carencia, el titular de la hipoteca solo paga los intereses correspondientes al préstamo, posponiendo el pago del capital. Esta herramienta está diseñada para aliviar la carga financiera en momentos de dificultad económica, como una reducción de ingresos, un período de desempleo o gastos inesperados significativos. La carencia puede ser total, donde no se paga ni capital ni intereses (menos común y con condiciones muy estrictas), o parcial, donde solo se abonan los intereses, que es la modalidad más habitual y a la que nos referimos en este artículo.
Es fundamental diferenciar la carencia hipotecaria de otras soluciones financieras. No es una amortización anticipada, que implica adelantar pagos para reducir el capital y, por ende, los intereses futuros. Tampoco es una novación o subrogación en el sentido estricto de un cambio de condiciones estructurales del préstamo, aunque la carencia se formalice a través de una novación del contrato hipotecario. La carencia es una medida de flexibilidad puntual, un "balón de oxígeno" financiero, no una reestructuración permanente de las condiciones del préstamo.
Para quién es ideal: la carencia hipotecaria es ideal para personas que atraviesan una situación económica complicada pero transitoria, y que prevén una mejora en sus ingresos a medio plazo. Puede ser muy útil para autónomos con ingresos irregulares, familias que enfrentan un gasto imprevisto elevado, o aquellos que han sufrido una reducción temporal de su salario. Es una herramienta diseñada para evitar impagos y la entrada en situaciones de morosidad, permitiendo al hipotecado mantener su vivienda mientras se recupera financieramente. Sin embargo, es crucial entender que el capital no se reduce durante el período de carencia, lo que significa que la deuda total pendiente sigue siendo la misma y el coste total de la hipoteca se incrementará al alargar el período de amortización o al recalcular las cuotas restantes.
Solo InteresesTIN Orientativo · Varía por perfil
Aumenta el costeTAE Orientativa · Mayor coste total
6-24 mesesPlazo Habitual · Depende del banco
N/ALTV Máximo · No aplica a carencia
0%-0,5%Comisión Apertura · Depende del banco
Banco de EspañaOrganismo Supervisor · Reclamaciones.bde.es
Requisitos reales para conseguir una carencia hipotecaria en Cartagena
Conseguir una carencia hipotecaria, aunque diseñada para situaciones de dificultad, no es un proceso automático ni está exento de requisitos. Los bancos, antes de concederla, evaluarán cuidadosamente la situación financiera del solicitante para asegurarse de que la medida sea realmente beneficiosa y que el cliente podrá retomar los pagos normales una vez finalizado el período de carencia. En Cartagena, al igual que en el resto de España, los criterios son estrictos y buscan garantizar la viabilidad del préstamo a largo plazo.
En primer lugar, es fundamental demostrar un cambio significativo en la situación financiera que justifique la solicitud. Esto puede ser una reducción de ingresos, un periodo de desempleo, un aumento de gastos inesperados (por ejemplo, por motivos de salud), o cualquier otra circunstancia que afecte la capacidad de pago habitual. El banco solicitará documentación que acredite esta situación, como certificados de desempleo, nóminas reducidas, bajas médicas prolongadas, etc.
Los ingresos mínimos son un factor crucial. Aunque la carencia se solicita por una dificultad económica, el banco querrá ver que, incluso con la reducción o el problema actual, el solicitante sigue teniendo una capacidad mínima para cubrir los intereses durante el período de carencia y, lo más importante, que tiene una previsión de recuperación que le permitirá afrontar las cuotas completas en el futuro. No hay un umbral fijo, pero el banco evaluará si la relación entre la cuota de intereses y los ingresos sigue siendo sostenible.
El ratio cuota/ingresos es fundamental. Generalmente, los bancos consideran que la carga de la deuda no debe superar el 33% de los ingresos netos mensuales del hogar. Aunque durante la carencia solo se paguen intereses, el banco analizará si, una vez finalizada, la cuota total (capital e intereses) volverá a situarse por debajo de ese umbral o, al menos, en un nivel que el banco considere aceptable para la capacidad de pago del cliente. Si la cuota de intereses ya supera este porcentaje o se acerca peligrosamente, la concesión de la carencia podría ser más difícil.
Aunque la carencia busca aliviar la presión, disponer de ahorros previos puede ser una señal de buena gestión financiera y aumentar la confianza del banco. No es un requisito indispensable para la carencia como lo es para la hipoteca inicial (donde se exige el 20% del valor de la vivienda más un 10% para gastos), pero tener un "colchón" financiero, por pequeño que sea, demuestra previsión.
Un historial crediticio impecable es casi siempre un prerrequisito. Estar en listas de morosos como ASNEF o RAI, o haber tenido impagos previos en otros préstamos o tarjetas de crédito, reducirá drásticamente las posibilidades de obtener una carencia. El banco necesita la seguridad de que, a pesar de la dificultad actual, el cliente es un pagador fiable.
Finalmente, la estabilidad laboral, aunque la solicitud de carencia pueda derivar precisamente de una inestabilidad temporal, es un factor que los bancos valoran positivamente en el análisis global del perfil del cliente. Si la dificultad es un despido, el banco evaluará las indemnizaciones o prestaciones por desempleo. Si es una reducción de jornada o de salario, valorará la permanencia en la empresa. Para autónomos, se analizará la trayectoria y las perspectivas de negocio. En definitiva, el banco necesita ver una "luz al final del túnel" y una razonable expectativa de que la situación del prestatario se normalizará.
¿Qué hipoteca te dan con tu sueldo en Cartagena?
La capacidad de endeudamiento es un factor determinante para la concesión de una hipoteca, y los bancos aplican estrictamente la regla de que la cuota mensual no debe superar el 33% de los ingresos netos mensuales del hogar. Esta regla, aunque orientativa, es un pilar fundamental en el análisis de riesgos. En Cartagena, con un salario medio neto mensual aproximado de 1.100€ en la Región de Murcia, es crucial entender cuánto importe hipotecario se puede asumir. La siguiente tabla ofrece una estimación basada en esta regla y considerando un plazo de amortización estándar y tipos de interés orientativos para una hipoteca media. Es importante recordar que estos cálculos son aproximativos y pueden variar significativamente en función de otros factores como la solvencia, el historial crediticio, la estabilidad laboral y las condiciones específicas de cada oferta bancaria.
| Sueldo Neto Mensual (Aprox.) |
Cuota Máxima Recomendada (33%) |
Importe Hipotecario Orientativo (aproximado, para 25-30 años, TIN 3-4%) |
| 1.100€ (Salario Medio Murcia) |
363€ |
~80.000€ - 95.000€ |
| 1.500€ |
495€ |
~110.000€ - 130.000€ |
| 2.000€ |
660€ |
~145.000€ - 170.000€ |
| 2.500€ |
825€ |
~180.000€ - 210.000€ |
Nota: Estos importes son meramente orientativos. Se basan en la regla del 33% de los ingresos netos para la cuota mensual y asumen un plazo de amortización de 25-30 años con tipos de interés actuales. La capacidad real de endeudamiento puede variar según el perfil del solicitante, el banco y las condiciones específicas del mercado en Cartagena.
| Tipo de Oferta |
TIN Orientativo |
TAE Orientativa |
Plazo Habitual |
Vinculaciones Típicas |
Ventaja Principal |
| Hipotecas Básicas |
Euríbor + 0,80% - 1,20% / Fijo 3,50% - 4,50% |
Varía según TIN y comisiones |
Hasta 30 años |
Nómina, recibos, tarjetas |
Menor vinculación, mayor flexibilidad inicial |
| Hipotecas Estándar |
Euríbor + 0,60% - 0,90% / Fijo 3,00% - 4,00% |
Ligeramente inferior a TIN |
Hasta 30 años |
Nómina, seguros, tarjetas, fondos |
Mejores tipos a cambio de vinculación media |
| Hipotecas Premium |
Euríbor + 0,40% - 0,60% / Fijo 2,50% - 3,50% |
Significativamente inferior a TIN |
Hasta 30 años |
Nómina alta, seguros, fondos, planes de pensiones, tarjetas, consumo |
Tipos más competitivos con máxima vinculación |
| Hipotecas Variables |
Euríbor + diferencial (0,50% - 1,00%) |
Varía con Euríbor |
Hasta 30 años |
Nómina, seguros, tarjetas |
Potencialmente más barata si el Euríbor baja |
| Hipotecas Mixtas |
Fijo (3-10 años) 2,80% - 3,80%, luego Euríbor + diferencial |
Varía con Euríbor tras el fijo |
Hasta 30 años |
Nómina, seguros, tarjetas |
Estabilidad inicial y potencial ahorro futuro |
Nota: Los valores de TIN y TAE son orientativos y corresponden a un promedio del mercado en el momento actual. Cambian a diario y dependen en gran medida del perfil de riesgo del solicitante y de las políticas comerciales de cada banco. Las vinculaciones son ejemplos típicos y no exhaustivos.
Proceso paso a paso para conseguir tu carencia hipotecaria en Cartagena
Solicitar una carencia hipotecaria es un proceso que requiere planificación y documentación. No es una decisión que deba tomarse a la ligera, ya que, aunque alivia la presión a corto plazo, incrementa el coste total del préstamo. A continuación, se detalla el proceso en 8 pasos, con tiempos, documentos y consejos prácticos para los solicitantes en Cartagena.
- Análisis de la situación y contacto inicial (1-3 días)
- Descripción: Antes de contactar al banco, evalúa tu situación financiera actual y futura. ¿Es la carencia la mejor opción? ¿Cuánto tiempo la necesitas? ¿Podrás retomar los pagos completos después?
- Documentos: No se requieren documentos aún, pero ten a mano una visión clara de tus ingresos y gastos actuales.
- Consejo: Calcula el impacto real de la carencia en tu cuota y en el coste total. Utiliza simuladores online o contacta a un asesor.
- Notificación al banco y solicitud formal (3-7 días)
- Descripción: Contacta a tu entidad bancaria para informarles de tu situación y tu interés en solicitar una carencia. La mayoría de los bancos principales en Cartagena (y a nivel nacional) tienen un proceso establecido para ello.
- Documentos: Puede que te pidan una carta o un formulario de solicitud formal exponiendo los motivos de tu petición.
- Consejo: Sé transparente y proporciona toda la información relevante sobre tu dificultad económica.
- Presentación de la documentación justificativa (5-10 días)
- Descripción: El banco te solicitará una serie de documentos que justifiquen tu necesidad de carencia y demuestren tu previsión de recuperación.
- Documentos:
- DNI/NIE de todos los titulares.
- Últimas nóminas, declaración de la renta, vida laboral o justificantes de ingresos (prestaciones por desempleo, etc.).
- Extractos bancarios de los últimos meses.
- Documentación que acredite la causa de la dificultad (certificado de desempleo, baja médica, sentencia de divorcio, etc.).
- Contrato de la hipoteca actual.
- Consejo: Ten toda la documentación organizada y actualizada para agilizar el proceso.
- Análisis y estudio por parte del banco (10-20 días)
- Descripción: El departamento de riesgos del banco analizará tu perfil, la viabilidad de la carencia y el impacto en tu préstamo. Evaluarán tu historial de pagos y tu capacidad futura.
- Documentos: El banco podría solicitar aclaraciones o documentación adicional.
- Consejo: Mantente en contacto con tu gestor para conocer el estado de tu solicitud.
- Oferta vinculante del banco (FEIN y FIAE) (1-2 días tras aprobación)
- Descripción: Si la solicitud es aprobada, el banco te entregará la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) y la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FIAE) modificadas, que reflejarán las nuevas condiciones de tu hipoteca durante el período de carencia.
- Documentos: FEIN y FIAE.
- Consejo: Revisa detenidamente estos documentos. Son cruciales y te detallan las nuevas condiciones de tu préstamo.
- Periodo de reflexión (10 días hábiles)
- Descripción: Según la Ley 5/2019 reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, dispones de un mínimo de 10 días hábiles para revisar la FEIN y la FIAE, así como el resto de la documentación precontractual, antes de firmar ante notario.
- Documentos: Toda la documentación precontractual entregada por el banco.
- Consejo: Aprovecha este tiempo para consultar cualquier duda con un profesional independiente si lo consideras necesario. Es tu derecho.
- Visita al notario (1 día)
- Descripción: Antes de la firma, deberás acudir al notario que hayas elegido (o el asignado por el banco si no eliges uno) para que te explique detalladamente las condiciones de la carencia y resuelva cualquier duda. El notario verificará que has comprendido todos los términos y que se han respetado tus derechos. Esta consulta es gratuita para el cliente.
- Documentos: DNI/NIE, FEIN, FIAE y proyecto de escritura de novación.
- Consejo: No dudes en hacer todas las preguntas que tengas. El notario es un garante de tus derechos.
- Firma de la novación hipotecaria (1 día)
- Descripción: Finalmente, si todo está correcto y estás de acuerdo, se firma la escritura de novación hipotecaria ante notario, que formaliza el cambio de condiciones y el inicio del período de carencia.
- Documentos: DNI/NIE, escritura de novación.
- Consejo: Asegúrate de que todas las condiciones acordadas verbalmente o por escrito se reflejan fielmente en la escritura.
Cuánto cuesta realmente una carencia hipotecaria en Cartagena: todos los gastos
Aunque la carencia hipotecaria se presenta como un alivio financiero, es fundamental comprender que no está exenta de costes. Algunos gastos son inherentes a la modificación de las condiciones del préstamo, mientras que otros son los mismos que ya se afrontaron al constituir la hipoteca original. En el contexto de Cartagena, donde el mercado inmobiliario es asequible, estos gastos son proporcionales al importe de la hipoteca, pero siempre deben ser considerados en el cálculo final. Es crucial recordar que, según la Ley 5/2019, la mayoría de los gastos de constitución de la hipoteca (notaría, registro, gestoría, IAJD si aplica) los asume el banco. Sin embargo, en el caso de una novación para aplicar una carencia, pueden surgir ciertos costes.
| Concepto de Gasto |
Descripción y Coste Orientativo en Cartagena |
Quién lo asume (Regla general) |
| Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) |
En la Región de Murcia, el ITP/AJD es del 8% sobre la responsabilidad hipotecaria para la compraventa. Sin embargo, en el caso de una novación de carencia, si no hay ampliación de capital o modificación de la base imponible, este impuesto puede no aplicarse o ser mínimo. Si se recalcula el capital pendiente o se modifica la responsabilidad hipotecaria, podría generarse un nuevo hecho imponible. |
Generalmente el banco en la constitución. En novación, depende de la naturaleza de la modificación, pero si no hay ampliación de capital, el impacto es menor. |
| Notaría |
Los honorarios notariales por la escritura de novación hipotecaria. Aunque la Ley 5/2019 establece que el banco paga la notaría en la constitución de la hipoteca, para una novación los costes pueden variar. Los aranceles están regulados.
Coste orientativo: ~900-1.200€ para una hipoteca media. |
La Ley 5/2019 establece que el banco asume la mayoría de los costes notariales de la constitución de la hipoteca. Para novaciones, el coste puede ser compartido o asumido por el cliente si la iniciativa parte de él y no hay un cambio sustancial de tipo. |
| Registro de la Propiedad |
Inscripción de la escritura de novación en el Registro de la Propiedad. Los aranceles registrales también están regulados y dependen del importe de la responsabilidad hipotecaria.
Coste orientativo: ~400-700€. |
Asumido por el banco en la constitución. En novación, similar a la notaría, puede ser compartido o asumido por el cliente. |
| Tasación de la vivienda |
Aunque no es un gasto directo de la carencia, si la novación implica una ampliación de capital o una reestructuración significativa que requiera una nueva valoración del inmueble, se deberá realizar una nueva tasación.
Coste orientativo: ~350-600€. |
Generalmente el cliente si se requiere una nueva tasación para una novación que no sea por iniciativa del banco. |
| Gestoría |
Honorarios de la gestoría que se encarga de tramitar la inscripción de la novación en el Registro de la Propiedad y liquidar los impuestos correspondientes.
Coste orientativo: ~300-500€. |
Asumido por el banco en la constitución. En novación, similar a notaría y registro. |
| Comisión por modificación (Novación) |
Algunos bancos pueden aplicar una comisión por la novación del contrato hipotecario. Esta comisión debe estar especificada en el contrato original o ser acordada previamente.
Coste orientativo: 0%-0,5% del capital pendiente, o un importe fijo. Es cada vez menos común. |
El cliente, si está estipulada y es legal. |
| Seguro de hogar obligatorio |
Aunque no es un gasto nuevo, es un coste recurrente asociado a la hipoteca. La Ley 5/2019 exige la contratación de un seguro de daños sobre el inmueble hipotecado. El banco no puede obligarte a contratarlo con ellos. |
El cliente. |
| Aumento del coste total de la hipoteca |
Este es el "coste oculto" más importante. Al alargar el período de amortización o al no reducir el capital durante el período de carencia, se pagarán intereses durante más tiempo, lo que incrementa el importe total a devolver. No es un gasto directo, sino un incremento del coste financiero. |
El cliente (coste financiero). |
Es fundamental revisar la FEIN y la FIAE que el banco debe entregar, ya que en ellas se detallarán todos los gastos asociados a la novación y a la carencia hipotecaria. Siempre se recomienda consultar con un experto o con el propio Banco de España ante cualquier duda.
Lo que los bancos NO te cuentan sobre las hipotecas
El sector hipotecario es complejo y, a menudo, los bancos utilizan estrategias comerciales que, aunque legales, no siempre son transparentes o ventajosas para el cliente. Conocer estos "trucos" es fundamental para tomar decisiones informadas, especialmente en un mercado como el de Cartagena donde la competencia puede llevar a ofertas aparentemente muy atractivas.
- La trampa de las bonificaciones y productos vinculados:
- Descripción: Los bancos ofrecen tipos de interés más bajos (bonificaciones) a cambio de contratar productos adicionales: seguros de vida, de hogar, planes de pensiones, tarjetas de crédito con cierto uso, domiciliar nóminas de alto importe, invertir en fondos, etc.
- Realidad: Aunque el tipo de interés de la hipoteca baje, el coste total de estos productos vinculados puede ser superior al ahorro obtenido en la hipoteca. Por ejemplo, un seguro de vida ofrecido por el banco puede ser mucho más caro que uno contratado con una aseguradora independiente.
- Consejo: Calcula el coste real de cada producto vinculado por separado y compáralo con ofertas del mercado. A veces, es más rentable tener un TIN ligeramente más alto y no contratar productos adicionales.
- La letra pequeña de los seguros de vida:
- Descripción: Muchos bancos "obligan" a contratar un seguro de vida para cubrir el capital pendiente en caso de fallecimiento o invalidez.
- Realidad: La Ley 5/2019 prohíbe explícitamente la venta vinculada de productos, aunque permite la venta combinada si el banco demuestra un beneficio para el cliente. Lo que no pueden es obligarte a contratarlo con ellos. Pueden exigirte el seguro, pero no la compañía. Además, muchos seguros de vida bancarios no cubren todas las causas de invalidez o tienen exclusiones que no se explican claramente.
- Consejo: Compara precios y coberturas con otras aseguradoras. Pide las condiciones generales y particulares del seguro antes de firmar.
- El TIN atractivo vs. la TAE real:
- Descripción: Los bancos suelen publicitar el TIN (Tipo de Interés Nominal) porque es el porcentaje más bajo y atractivo.
- Realidad: La TAE (Tasa Anual Equivalente) es el indicador que realmente refleja el coste total de la hipoteca, incluyendo el TIN, las comisiones y el coste de los productos vinculados. Una hipoteca con un TIN bajo puede tener una TAE alta si tiene muchas comisiones o productos asociados caros.
- Consejo: Siempre fíjate en la TAE. Es el dato que te permite comparar el coste real entre diferentes ofertas bancarias.
- Comisiones "ocultas" o poco claras:
- Descripción: Aunque muchas comisiones se han eliminado con la nueva ley, algunas pueden aparecer en situaciones específicas o en productos menos comunes. Por ejemplo, comisiones por estudio, por amortización parcial o total (aunque limitadas por ley), o por modificación de condiciones (novación).
- Realidad: La Ley 5/2019 ha restringido mucho las comisiones, pero es vital leer el contrato. Las comisiones por amortización anticipada, por ejemplo, tienen topes legales (0,15% o 0,25% en hipotecas variables, y 2% o 1,5% en hipotecas fijas, dependiendo del momento de la amortización).
- Consejo: Pregunta explícitamente por todas las comisiones asociadas a la hipoteca, no solo al inicio sino también durante su vida útil.
- La importancia de la tasación y el valor de compraventa:
- Descripción: Los bancos conceden un porcentaje sobre el valor de tasación o el valor de compraventa, el que sea inferior (normalmente el 80% para primera vivienda).
- Realidad: A veces, el valor de tasación puede ser inferior al precio de compraventa acordado. Esto significa que el cliente deberá aportar una mayor cantidad de dinero propio para cubrir la diferencia, además del 20% habitual y los gastos.
- Consejo: Si el tasador es elegido por el banco, asegúrate de que sea una tasadora homologada por el Banco de España y reconocida en Cartagena. Si tienes dudas sobre la tasación, puedes solicitar una segunda tasación independiente.
Tus derechos legales que la mayoría desconoce
La Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, supuso un antes y un después en la protección de los consumidores hipotecarios en España. Esta normativa, que aplica plenamente en Cartagena y en todo el territorio nacional, blindó una serie de derechos que todo solicitante de hipoteca o de una novación (como es el caso de la carencia) debe conocer y exigir. Ignorar estos derechos puede suponer un perjuicio económico o una falta de transparencia en el proceso.
- Derecho a la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) y la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FIAE):
- Descripción: El banco está obligado a entregarte la FEIN y la FIAE con todas las condiciones de tu hipoteca (tipo de interés, comisiones, productos vinculados, cuotas, etc.) al menos 10 días hábiles antes de la firma.
- Importancia: Estos documentos son la "biblia" de tu hipoteca. Son vinculantes para el banco y te permiten comparar ofertas y entender en detalle todos los aspectos del préstamo. La FIAE, en particular, destaca las cláusulas y riesgos más importantes.
- Derecho a elegir notario y a su asesoramiento gratuito:
- Descripción: Tienes derecho a elegir libremente el notario que prefieras para la firma de tu hipoteca o novación. Además, debes acudir al notario que hayas elegido (o el asignado por el banco si no eliges uno) para que te asesore gratuitamente sobre el contenido de la FEIN y la FIAE, y resuelva todas tus dudas, antes de los 10 días hábiles previos a la firma.
- Importancia: El notario es un funcionario público imparcial cuyo papel es garantizar la legalidad del contrato y la comprensión del cliente. Su asesoramiento es fundamental y gratuito, asegurando que entiendes lo que firmas.
- Derecho al periodo de reflexión de 10 días hábiles:
- Descripción: Desde que el banco te entrega la FEIN y la FIAE, y antes de la firma ante notario, dispones de un mínimo de 10 días hábiles para revisar toda la documentación. Durante este tiempo, el banco no puede exigirte ningún pago ni condicionar la operación.
- Importancia: Este periodo te permite estudiar con calma las condiciones, comparar ofertas, consultar con expertos y tomar una decisión informada sin presiones. Es un derecho irrenunciable.
- Derecho a que el banco asuma los gastos de constitución de la hipoteca:
- Descripción: La Ley 5/2019 establece que el banco debe asumir la mayoría de los gastos de formalización de la hipoteca, incluyendo los de notaría, registro, gestoría y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD). El cliente solo asume la tasación y su copia de la escritura.
- Importancia: Esto supuso un alivio económico considerable para los hipotecados, que antes debían afrontar miles de euros en gastos. Es crucial recordar que esto aplica a la constitución de la hipoteca; en el caso de una novación de carencia, algunos gastos pueden recaer en el cliente, como se ha explicado.
- Derecho a no pagar comisiones por cambio de notario o registrador:
- Descripción: En caso de que decidas cambiar de notario o de registrador de la propiedad (por ejemplo, en una subrogación), el banco no puede aplicarte comisiones por ello.
- Importancia: Este derecho garantiza tu libertad de elección y evita que el banco te penalice por buscar un profesional de tu confianza o uno que te ofrezca un mejor servicio.
En caso de que consideres que tus derechos no han sido respetados, puedes presentar una reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España (reclamaciones.bde.es), que actuará como órgano supervisor y mediador.
Errores que hacen que te denieguen o encarecen tu hipoteca
Conseguir una hipoteca, o una carencia hipotecaria, es un proceso que requiere solvencia, planificación y una buena gestión financiera. Cometer ciertos errores puede no solo resultar en la denegación de la solicitud, sino también en el encarecimiento de las condiciones del préstamo. En Cartagena, donde el mercado es competitivo, evitar estos fallos es clave para obtener las mejores condiciones.
- Pedir una hipoteca antes de tener ahorros suficientes:
- Error: No tener ahorrado al menos el 20% del valor de la vivienda (para el LTV máximo que concede el banco) más un 10-12% adicional para cubrir los gastos de compraventa (ITP/AJD, notaría, registro, gestoría, tasación). En la Región de Murcia, el ITP/AJD es del 8%.
- Consecuencia: La mayoría de los bancos solo financian hasta el 80% del valor de tasación o compraventa (el menor). Sin el 20% más los gastos, la hipoteca es inviable. Buscar una hipoteca al 100% es extremadamente difícil y conlleva tipos de interés mucho más altos y mayor vinculación.
- Consejo: Planifica tus ahorros con antelación. Calcula el precio medio por m² en Cartagena (1.200€) y los gastos asociados para tener una estimación real de lo que necesitas.
- Estar en listas de morosos (ASNEF, RAI):
- Error: Tener deudas impagadas y figurar en ficheros de solvencia como ASNEF o RAI.
- Consecuencia: Es prácticamente imposible que un banco te conceda una hipoteca o una carencia si estás en estas listas, incluso por pequeñas deudas. Para el banco, es un indicador de riesgo de impago.
- Consejo: Revisa tu situación crediticia antes de iniciar cualquier trámite. Si estás en una lista de morosos, salda tus deudas y solicita la baja del fichero.
- Cambiar de trabajo justo antes de pedir la hipoteca:
▲ Aviso importante: Hipotecapedia es un portal de información hipotecaria independiente. No somos banco, agente ni intermediario. Los tipos de interés indicados son orientativos y pueden variar diariamente. Antes de firmar una hipoteca, solicita la FEIN y la FIAE y compara en al menos 3 entidades. Para reclamaciones, contacta con el Servicio de Reclamaciones del Banco de España. Tienes derecho a 10 días hábiles de reflexión (Ley 5/2019).