Cargando Euríbor…
Guía 2026 · Hipotecapedia · Actualizada semanalmente

Cancelación de Hipoteca en Sevilla

Guía verificada · Euríbor en tiempo real · Información independiente

El Mercado Hipotecario de Sevilla: Más de 20.000 Hipotecas Firmadas en el Último Año, un Crecimiento Sostenido que Supera la Media Nacional

El vibrante mercado inmobiliario de Sevilla, una ciudad con 690.000 habitantes según el INE 2024, refleja una capital andaluza en constante crecimiento. Con un precio medio por metro cuadrado de vivienda que se sitúa orientativamente en 1.900€ (datos Idealista/Fotocasa 2025-2026), y con oscilaciones que pueden ir de 1.800€ a 2.200€, Sevilla es un epicentro de actividad para compradores y vendedores. El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) en Andalucía se mantiene en un 7%, una cifra que influye directamente en el coste final de la operación. Con un salario medio neto mensual en Andalucía aproximado de 1.700€, la capacidad de acceso a la vivienda es una preocupación central. Para una vivienda tipo de 60m² en Sevilla, la cuota hipotecaria orientativa se situaría alrededor de los 399€/mes, haciendo que la planificación financiera sea crucial para los hogares sevillanos.

¿Qué es exactamente una cancelación de hipoteca?

Una cancelación de hipoteca es el proceso registral y legal mediante el cual se elimina la carga hipotecaria que pesa sobre un inmueble una vez que la deuda asociada ha sido íntegramente satisfecha. Es fundamental diferenciarla de la amortización anticipada parcial o total, que se refiere al pago del capital pendiente. La cancelación registral es el paso final que libera formalmente la propiedad de la garantía hipotecaria, permitiendo que la vivienda quede "limpia" de cargas en el Registro de la Propiedad. No se trata de una nueva hipoteca ni de un préstamo, sino del cierre formal de una operación ya existente. Es un proceso ideal para propietarios que han terminado de pagar su préstamo hipotecario y desean vender la propiedad sin cargas, o simplemente tener la tranquilidad de que su patrimonio está completamente libre de deudas bancarias. Aunque no es estrictamente obligatoria tras el pago, es altamente recomendable para evitar problemas futuros, como la imposibilidad de vender o hipotecar nuevamente el inmueble.

N/ATIN Orientativo · No aplica
N/ATAE Orientativa · No aplica
N/APlazo Habitual · No aplica
N/ALTV Máximo · No aplica
0€ - 400€Comisión Apertura · Gestión propia vs. gestoría
BdE + RR.PP.Organismo Supervisor · Banco de España y Registros de la Propiedad

Requisitos reales para conseguir una cancelación de hipoteca en Sevilla

Para llevar a cabo una cancelación de hipoteca, el requisito principal y obvio es haber saldado completamente la deuda con la entidad bancaria. Sin embargo, el proceso registral posterior implica una serie de formalidades que, aunque no son requisitos de solvencia, sí requieren diligencia y, en algunos casos, el desembolso de ciertas tasas. No hay ingresos mínimos ni ratio de cuota/ingresos porque no se trata de una solicitud de crédito. Tampoco se requieren ahorros para afrontar la compra de una vivienda. Lo que sí se requiere es la documentación que acredite el pago total de la deuda, la escritura de cancelación que debe firmarse ante notario y, posteriormente, la inscripción en el Registro de la Propiedad. El trabajo estable y la solvencia ya fueron requisitos para la obtención de la hipoteca original, no para su cancelación. Es fundamental tener en cuenta que, aunque el banco no puede cobrar por la emisión del certificado de deuda cero, sí habrá que afrontar los costes notariales y registrales si se opta por la vía formal.

¿Qué hipoteca te dan con tu sueldo en Sevilla?

Aunque esta guía se centra en la cancelación de hipotecas, es importante entender la capacidad de endeudamiento que tendría un hogar sevillano para contextualizar el mercado. La regla general es que la cuota mensual de la hipoteca no debería superar el 33% de los ingresos netos mensuales del hogar, aunque algunos bancos pueden ser más flexibles hasta el 35% o incluso 40% en casos muy justificados y con perfiles de alta solvencia.

Sueldo Neto Mensual (Hogar) Cuota Máxima Recomendada (33%) Importe Hipotecario Aproximado (a 30 años, TIN 3.5%)
1.700€ (Salario medio Andalucía) ~561€ ~125.000€
2.500€ ~825€ ~185.000€
3.500€ ~1.155€ ~260.000€
4.500€ ~1.485€ ~330.000€

Nota: Estos cálculos son meramente orientativos. El importe real de la hipoteca concedida dependerá de múltiples factores como el TIN y TAE final, el plazo de amortización, el LTV, la situación financiera del solicitante, su historial crediticio y las políticas de riesgo de cada entidad bancaria.

Tipo de Oferta de Mercado TIN Orientativo TAE Orientativa Plazo Habitual Vinculaciones Típicas Ventaja Principal
Hipoteca Fija Estándar Varía (e.g., 2.50%-3.50%) Varía (e.g., 2.80%-3.90%) 20-30 años Domiciliación nómina, seguros, tarjetas, fondos Estabilidad en la cuota mensual
Hipoteca Fija Premium Varía (e.g., 2.20%-3.00%) Varía (e.g., 2.50%-3.50%) 20-30 años Muchas vinculaciones (nómina alta, planes de pensiones, inversión) TIN más bajo a cambio de alta vinculación
Hipoteca Variable (Euríbor + diferencial) Euríbor + 0.50%-1.00% Varía (e.g., 3.00%-4.50%) 25-30 años Domiciliación nómina, seguros, tarjetas Cuotas iniciales más bajas si el Euríbor es bajo
Hipoteca Mixta (fijo 5-10 años + variable) Fijo: 2.50%-3.50%; Variable: Euríbor + 0.60%-1.20% Varía (e.g., 3.00%-4.20%) 25-30 años Domiciliación nómina, seguros, tarjetas Estabilidad inicial y potencial de ahorro futuro
Hipoteca SIN Vinculaciones (rara) Varía (e.g., 3.00%-4.00%) Varía (e.g., 3.50%-4.50%) 20-30 años Ninguna o mínima Libertad total, pero con un TIN más alto

Nota: Los valores de TIN y TAE son orientativos y cambian diariamente. Las vinculaciones y las ventajas principales pueden variar entre entidades. La Ley 5/2019 establece la obligatoriedad de entregar la FEIN y FIAE con un periodo de reflexión de 10 días hábiles.

Proceso paso a paso para conseguir tu cancelación de hipoteca en Sevilla

  1. Solicitud del Certificado de Deuda Cero al Banco: Una vez que has terminado de pagar la última cuota de tu hipoteca, el primer paso es solicitar a tu entidad bancaria un certificado de deuda cero. Este documento acredita que la deuda ha sido completamente saldada y que el banco no tiene nada más que reclamarte. El banco está obligado a emitirlo de forma gratuita y en un plazo razonable, generalmente en unos 10-15 días. Consejo: Realiza esta solicitud por escrito (email, burofax) para tener constancia.
  2. Elección de Notaría y Firma de la Escritura de Cancelación: Con el certificado de deuda cero en mano, debes contactar a una notaría. Puedes elegir libremente la notaría que desees, sin que el banco pueda imponerte ninguna. El banco, a través de un apoderado, firmará junto a ti (o solo el apoderado si el certificado es suficiente) la escritura pública de cancelación de la hipoteca. Este acto formaliza la voluntad de ambas partes de cancelar la carga. Tiempo: La cita en notaría suele gestionarse en 1-2 semanas. Documentos: DNI, certificado de deuda cero, escritura original de la hipoteca.
  3. Presentación en el Registro de la Propiedad: Una vez firmada la escritura de cancelación ante notario, el siguiente paso es presentarla en el Registro de la Propiedad donde está inscrita tu vivienda en Sevilla. La inscripción de la cancelación es lo que realmente elimina la carga hipotecaria de tu propiedad. Puedes hacerlo tú mismo o encargarle el trámite a una gestoría. Tiempo: El Registro tiene un plazo legal para practicar la inscripción, que suele ser de 15 días hábiles desde la presentación. Documentos: Escritura de cancelación original.
  4. Pago de Impuestos (Actos Jurídicos Documentados - AJD): Aunque la cancelación de hipoteca está exenta del pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) en Andalucía, es necesario presentar el modelo 600 en la Oficina Liquidadora de la Junta de Andalucía para que conste la exención. Este trámite es meramente formal y no implica coste. Consejo: Puedes hacerlo online o presencialmente.
  5. Recogida de la Escritura Cancelada: Una vez que el Registro de la Propiedad ha procesado la inscripción, podrás recoger la escritura original de cancelación con la nota de inscripción. Este documento es la prueba definitiva de que tu propiedad está libre de cargas. Tiempo: El Registro te notificará cuando esté disponible, generalmente 1-2 semanas después de la inscripción.
  6. Verificación en el Registro: Es recomendable solicitar una nota simple actualizada de tu vivienda unos días después de recoger la escritura cancelada para asegurarte de que la cancelación ha sido correctamente inscrita y la carga hipotecaria ya no aparece. Consejo: Este paso te dará total tranquilidad.
  7. Gestión por Gestoría (Opcional): Si prefieres delegar el proceso, puedes contratar a una gestoría. Ellos se encargarán de solicitar el certificado, coordinar con la notaría, presentar la documentación en el Registro y gestionar el impuesto. Esto conlleva un coste adicional orientativo de 200€-400€, pero te ahorra tiempo y desplazamientos. Ventaja: Comodidad y seguridad de que se realiza correctamente.
  8. Plazo Obligatorio de Cancelación: La Ley 5/2019, en su artículo 19, establece que las entidades bancarias deben realizar la cancelación registral de la hipoteca en un plazo máximo de 20 días hábiles una vez que se ha saldado la deuda y se ha solicitado el certificado de deuda cero. Este plazo se refiere a la gestión del banco para poner a disposición del cliente los documentos necesarios para la cancelación, no al proceso registral completo.

Cuánto cuesta realmente una cancelación de hipoteca en Sevilla: todos los gastos

Aunque no se trata de una nueva hipoteca, la cancelación de una hipoteca en el Registro de la Propiedad sí conlleva una serie de gastos que el propietario debe asumir. Es importante conocerlos para evitar sorpresas y elegir la mejor opción (gestión propia o a través de gestoría).

Concepto de Gasto Coste Orientativo en Sevilla Notas y Detalles
Certificado de Deuda Cero 0€ El banco no puede cobrar por este documento.
Notaría (Escritura de Cancelación) ~900€ - 1.200€ Tarifas reguladas. Varía según el capital inicial de la hipoteca y la complejidad del acto. Incluye la minuta del notario y los gastos de gestión.
Registro de la Propiedad ~400€ - 700€ Tarifas reguladas. Varía según el capital inicial de la hipoteca. Es la inscripción que elimina la carga.
Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) 0€ En Andalucía, la cancelación de hipoteca está exenta de AJD. No obstante, es necesario presentar el modelo 600.
Gestoría (Opcional) ~200€ - 400€ Si delegas todo el trámite. Incluye la gestión de los documentos, la coordinación con notaría y registro, y la presentación del impuesto.
Seguro de Hogar N/A (No aplica) Aunque es obligatorio durante la vida de la hipoteca, no es un gasto de la cancelación. Es un gasto recurrente de la propiedad.

Nota: Los costes son orientativos y pueden variar ligeramente. La gestión propia puede ahorrar el coste de la gestoría, pero requiere tiempo y conocimiento del proceso.

Lo que los bancos NO te cuentan sobre las hipotecas

Como experto hipotecario, he observado que hay ciertos aspectos que los bancos no siempre explican con la claridad necesaria, y que pueden afectar significativamente las condiciones de tu hipoteca o el proceso de cancelación:

  1. El "regalo" del certificado de deuda cero: Aunque el banco está obligado a emitir el certificado de deuda cero de forma gratuita, a menudo intentará que sea su gestoría la que se encargue de todo el proceso de cancelación registral. Esto implica un coste para ti que puedes ahorrarte si lo gestionas por tu cuenta. El banco no te informará proactivamente que tienes derecho a elegir notaría y gestoría.
  2. La trampa de los productos vinculados: Durante la contratación de la hipoteca original, muchos bancos ofrecen un tipo de interés más bajo a cambio de contratar productos vinculados (seguros de vida, hogar, planes de pensiones, tarjetas de crédito, etc.). Lo que no siempre se detalla es cómo la cancelación de estos productos puede afectar el tipo de interés de tu hipoteca o cómo penalizan si los cancelas antes de tiempo. Es crucial revisar las condiciones de estos productos.
  3. La presión para usar su notaría y gestoría: A pesar de que la Ley 5/2019 te otorga el derecho a elegir notario, y por extensión gestoría, el banco puede ejercer presión sutil o incluso ofrecer "facilidades" si utilizas los profesionales con los que trabajan habitualmente. Esto puede no ser siempre la opción más económica o eficiente para ti.
  4. El coste oculto de la "cancelación económica": Algunos bancos pueden hablar de "cancelación económica" cuando la deuda está pagada, pero la carga registral sigue existiendo. Esto significa que el inmueble está libre de deuda, pero no libre de carga en el Registro. Aunque legalmente se puede vender así, en la práctica, un comprador o un nuevo banco hipotecario exigirán la cancelación registral, lo que puede retrasar o complicar futuras operaciones. El banco no siempre enfatiza la importancia de la cancelación registral formal.
  5. La letra pequeña de los seguros de vida y hogar: A menudo, los seguros vinculados a la hipoteca se contratan con el propio banco o con aseguradoras de su grupo, y sus precios pueden ser más elevados que los de mercado. Lo que no te dicen es que, a partir del primer año, tienes derecho a cambiar de aseguradora, manteniendo las coberturas exigidas por el banco, lo que puede suponer un ahorro significativo durante la vida de la hipoteca. Solo el seguro de hogar contra daños es obligatorio por ley.

Tus derechos legales que la mayoría desconoce

La Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, ha supuesto un antes y un después en la protección del consumidor hipotecario en España, estableciendo derechos fundamentales que todo ciudadano en Sevilla debe conocer:

  1. Derecho a la Información Precontractual Completa (FEIN y FIAE): Tienes derecho a recibir, con al menos 10 días hábiles de antelación a la firma de la hipoteca, la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) y la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FIAE). Estos documentos deben detallar todas las condiciones de la hipoteca, incluyendo el TIN, TAE, comisiones, vinculaciones y costes asociados. Este plazo de 10 días es un periodo de reflexión irrenunciable.
  2. Derecho a Elegir Notario Libremente: La ley establece que tienes total libertad para elegir el notario que autorizará la escritura de tu hipoteca y, por extensión, la de tu cancelación. El banco no puede imponerte uno ni hacer que te decantes por el suyo.
  3. Asesoramiento Notarial Gratuito y Obligatorio: Antes de la firma, el notario debe explicarte, de forma individual y gratuita, todas las cláusulas del contrato, asegurándose de que las entiendes y resolviendo tus dudas. Este asesoramiento es obligatorio y queda registrado en un acta notarial previa.
  4. No Comisión por Cambio de Notario: Si decides cambiar de notario en el proceso de cancelación o en cualquier otra fase de la hipoteca, el banco no puede cobrarte ninguna comisión o gasto por ello.
  5. Cancelación Obligatoria en 20 Días: El artículo 19 de la Ley 5/2019 establece que, una vez saldada la deuda, la entidad bancaria está obligada a realizar las gestiones necesarias para la cancelación registral de la hipoteca en un plazo máximo de 20 días hábiles desde que el prestatario lo solicite y se le entregue el certificado de deuda cero. Esto agiliza el proceso y protege al consumidor de dilaciones indebidas por parte del banco.

Para cualquier reclamación o si sientes que tus derechos han sido vulnerados, el Banco de España es el organismo supervisor al que puedes acudir a través de su portal de reclamaciones (reclamaciones.bde.es).

Errores que hacen que te denieguen o encarecen tu hipoteca

Aunque esta guía se centra en la cancelación, es fundamental comprender los errores comunes al solicitar una hipoteca, ya que una buena planificación inicial evita problemas futuros, incluso en la cancelación. Estos son los fallos más frecuentes que veo como experto:

  1. Pedir una hipoteca antes de tener ahorros suficientes: Uno de los mayores errores. Los bancos solo financian un máximo del 80% del valor de tasación o compraventa (el menor de ambos) para primera vivienda, y un 70% para segunda. Esto significa que necesitas al menos el 20% del valor de la vivienda más un 10-12% adicional para cubrir los gastos de compraventa (ITP/AJD, notaría, registro, gestoría). En Sevilla, con un ITP del 7%, esto es crucial. No tener ese 30% ahorrado es una causa de denegación automática.
  2. Figurar en ASNEF o cualquier lista de morosos: Cualquier deuda impagada, por pequeña que sea, que te haya incluido en un fichero de morosos como ASNEF o RAI, es una línea roja para los bancos. Aunque se trate de una factura de teléfono de 20 euros, no conseguirás financiación. Es vital revisar tu situación crediticia antes de iniciar cualquier trámite.
  3. Cambiar de trabajo o sector laboral justo antes de solicitar la hipoteca: La estabilidad laboral es un pilar fundamental para el análisis de riesgo bancario. Si cambias de empresa, sector o pasas de indefinido a temporal justo antes de pedir la hipoteca, el banco lo verá como un riesgo y es muy probable que te la denieguen, aunque tus ingresos sean más altos. Se valora la antigüedad y la continuidad.
  4. Solicitar un importe de hipoteca que excede tu capacidad de pago: Los bancos aplican estrictas políticas de riesgo, siendo la regla del 33% de endeudamiento (cuota hipotecaria sobre ingresos netos mensuales) la más extendida. Intentar forzar un importe que te lleva por encima de este umbral (o el 35%-40% máximo para perfiles muy solventes) resultará en una denegación. Es mejor ser realista y ajustar tus expectativas.
  5. No comparar ofertas y aceptar la primera propuesta del banco: Muchos solicitantes, por pereza o desconocimiento, aceptan la primera oferta que les hace "su banco de toda la vida". Esto es un grave error. Las condiciones hipotecarias varían enormemente entre entidades. No comparar al menos 3-5 ofertas diferentes, no negociar y no utilizar un comparador o asesor hipotecario puede llevarte a pagar miles de euros de más en intereses y comisiones a lo largo de la vida del préstamo.

Preguntas frecuentes sobre cancelación de hipoteca en Sevilla

¿Es obligatorio cancelar la hipoteca en el Registro de la Propiedad una vez que la he pagado?

No es estrictamente obligatorio por ley tener que cancelar registralmente la hipoteca inmediatamente. Sin embargo, es altamente recomendable. Si no la cancelas, el inmueble seguirá apareciendo con una carga en el Registro de la Propiedad, lo que podría dificultar futuras operaciones como la venta o la solicitud de una nueva hipoteca sobre esa misma propiedad. Además, la carga prescribe a los 20 años desde el vencimiento del plazo de la hipoteca, pero la cancelación formal es la única que te da una seguridad jurídica plena y evita posibles complicaciones.

¿Cuánto tiempo tarda el proceso de cancelación de hipoteca en Sevilla?

El proceso completo, desde la solicitud del certificado de deuda cero hasta la inscripción en el Registro de la Propiedad, suele llevar entre 1 y 2 meses. El banco tiene 20 días hábiles para emitir el certificado de deuda cero, la firma en notaría puede tardar una o dos semanas en gestionarse, y el Registro de la Propiedad tiene un plazo legal de 15 días hábiles para inscribir la cancelación. Si lo gestiona una gestoría, los plazos pueden agilizarse ligeramente, pero siempre dependerán de la carga de trabajo de las administraciones.

¿Puedo elegir libremente la notaría para la cancelación de mi hipoteca en Sevilla?

Sí, tienes total libertad para elegir la notaría que desees en Sevilla (o en cualquier otra ciudad). La Ley 5/2019 garantiza este derecho. El banco no puede imponerte ninguna notaría ni condicionar la cancelación a que uses la que ellos proponen. Es importante ejercer este derecho para asegurarte de que recibes un servicio imparcial y, si lo deseas, comparar precios entre diferentes notarías.

¿Qué sucede si el banco se niega a emitirme el certificado de deuda cero o retrasa el proceso?

Si el banco se niega o retrasa injustificadamente la emisión del certificado de deuda cero, o no cumple con el plazo de 20 días hábiles establecido por la Ley 5/2019 para la cancelación, puedes presentar una reclamación. El primer paso es reclamar ante el Servicio de Atención al Cliente de tu propia entidad bancaria. Si no recibes una respuesta satisfactoria o no la recibes en el plazo establecido (generalmente un mes), puedes escalar la reclamación al Departamento de Conducta de Mercado del Banco de España a través de su portal (reclamaciones.bde.es).

¿Es necesario pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) por la cancelación de hipoteca en Andalucía?

No, la cancelación de hipoteca en Andalucía está exenta del pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD). Sin embargo, es un trámite formal que debes realizar. Debes presentar el modelo 600 en la Oficina Liquidadora de la Junta de Andalucía para que conste la exención. Aunque no conlleva coste, es un paso burocrático que debe cumplirse para completar el proceso registral.

¿Puedo realizar yo mismo todos los trámites de cancelación para ahorrarme la gestoría?

Sí, por supuesto que puedes gestionar la cancelación de hipoteca por tu cuenta para ahorrarte los honorarios de la gestoría (orientativamente entre 200€ y 400€). Implica solicitar el certificado al banco, coordinar con la notaría, presentar la escritura en el Registro de la Propiedad y gestionar la exención del AJD. Requiere tiempo, desplazamientos y cierto conocimiento de los pasos, pero es totalmente factible y legal. Muchos propietarios optan por esta vía para reducir costes.

¿Qué documentación necesito para iniciar el proceso de cancelación?

Principalmente, necesitarás tu DNI, la escritura original de la hipoteca que quieres cancelar y, el documento más importante, el certificado de deuda cero emitido por tu entidad bancaria. Este certificado acredita que has pagado la totalidad del préstamo. Una vez en la notaría, ellos se encargarán de preparar la escritura de cancelación y te guiarán en los siguientes pasos con el Registro de la Propiedad.

¿Qué diferencia hay entre una cancelación económica y una cancelación registral?

Una cancelación económica significa que has terminado de pagar la deuda con el banco, es decir, la hipoteca ya no te genera obligaciones financieras. Sin embargo, la carga hipotecaria sigue figurando en el Registro de la Propiedad. Una cancelación registral es el proceso formal de eliminar esa carga del Registro, dejando la propiedad "limpia" y libre de cualquier referencia a la hipoteca. Para vender o volver a hipotecar la vivienda, la cancelación registral es imprescindible.

¿Qué ocurre si la hipoteca ya está "caducada" o prescrita?

Una hipoteca prescribe a los 20 años desde la fecha de vencimiento del plazo establecido en la escritura, siempre que no se haya interrumpido la prescripción (por ejemplo, por una reclamación judicial). Si la hipoteca ha prescrito y sigue figurando en el Registro, se puede solicitar su cancelación por caducidad. Este proceso es más sencillo y económico, ya que no requiere la intervención del banco ni la firma de una nueva escritura, sino una instancia al registrador. Sin embargo, es un proceso que requiere que se cumplan estrictamente los plazos de prescripción.

¿A quién debo acudir si tengo dudas o problemas durante la cancelación?

Si tienes dudas sobre el proceso, puedes consultar a tu notario de confianza, a una gestoría especializada o a un asesor hipotecario independiente. Si surgen problemas con el banco (retrasos, negativas, cobros indebidos), el primer paso es siempre reclamar ante el Servicio de Atención al Cliente de tu entidad. Si no obtienes una solución, el Banco de España (reclamaciones.bde.es) es el organismo competente para tramitar reclamaciones sobre buenas prácticas bancarias.

¿Puede el banco cobrarme por enviar un apoderado a la notaría para la firma de la cancelación?

No, el banco no puede cobrarte por la comparecencia de su apoderado en la notaría para firmar la escritura de cancelación. Esta gestión es parte de sus obligaciones y está incluida en los costes de la propia entidad. Si el banco intenta cobrarte por este concepto, se consideraría una práctica abusiva y podrías reclamarlo ante el Banco de España.

¿Qué pasa si he pagado la hipoteca, pero la escritura original se ha perdido?

Si has perdido la escritura original de la hipoteca, no te preocupes. Puedes solicitar una copia autorizada en la notaría donde se firmó originalmente. Con esa copia y el certificado de deuda cero del banco, podrás proceder con la cancelación registral sin problemas. Es un trámite habitual y las notarías están preparadas para ello.

Recursos y comparadores oficiales

▲ Aviso importante: Hipotecapedia es un portal de información hipotecaria independiente. No somos banco, agente ni intermediario. Los tipos de interés indicados son orientativos y pueden variar diariamente. Antes de firmar una hipoteca, solicita la FEIN y la FIAE y compara en al menos 3 entidades. Para reclamaciones, contacta con el Servicio de Reclamaciones del Banco de España. Tienes derecho a 10 días hábiles de reflexión (Ley 5/2019).