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Subrogación de Hipoteca en Santander

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El mercado hipotecario de Santander: una oportunidad para 170.000 cántabros

Santander, la vibrante capital cántabra con sus aproximadamente 170.000 habitantes (INE 2024), presenta un mercado inmobiliario con características propias. El precio medio del metro cuadrado para la vivienda se sitúa orientativamente en 1.700€ (datos Idealista/Fotocasa 2025-2026), lo que, unido a un salario medio neto mensual en Cantabria de aproximadamente 1.500€, dibuja un escenario donde la optimización de los gastos hipotecarios cobra una relevancia crucial. La ciudad, con una fuerte orientación turística y de segunda residencia, mantiene un mercado moderado pero constante. Para una vivienda tipo de 60m² en Santander, la cuota hipotecaria orientativa podría rondar los 357€/mes, lo que representa una parte significativa del presupuesto familiar y subraya la importancia de buscar las mejores condiciones financieras.

¿Qué es exactamente una subrogación de hipoteca?

Una subrogación de hipoteca es un proceso financiero que permite cambiar de entidad bancaria la hipoteca actual, manteniendo el mismo préstamo pero modificando sus condiciones, generalmente para mejorarlas. A diferencia de una cancelación y nueva constitución de hipoteca, la subrogación implica que un nuevo banco "se subroga" en la posición del anterior, asumiendo la deuda hipotecaria existente. Este mecanismo está regulado por la Ley 5/2019, de contratos de crédito inmobiliario, y la Ley 2/1994, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios. Su principal ventaja es el ahorro de costes, ya que no se incurren en los impuestos asociados a una nueva hipoteca (como el ITP o AJD), y los gastos de notaría y registro son significativamente menores. Además, el banco que recibe la hipoteca es quien asume la mayor parte de los costes de la subrogación. Es una opción ideal para aquellos hipotecados que desean reducir su cuota mensual, bajar el tipo de interés, cambiar de tipo (por ejemplo, de variable a fijo) o simplemente mejorar otras cláusulas de su contrato, sin tener que liquidar la deuda actual y empezar de cero.

Mejora sobre actualTIN Orientativo · Mercado
VariableTAE Orientativa · Perfil Cliente
Hasta 30 añosPlazo Habitual · Ley Hipotecaria
Sin nueva tasación obligatoriaLTV Máximo · Ley 5/2019
0% (solo comisión subrogación ≤0,15%-0,25%)Comisión Apertura · Ley 5/2019
Banco de EspañaOrganismo Supervisor · Reclamaciones

Requisitos reales para conseguir una subrogación de hipoteca en Santander

Conseguir una subrogación de hipoteca en Santander, al igual que en cualquier otra ciudad, depende fundamentalmente de la solvencia económica del solicitante. Los bancos buscan perfiles estables y con capacidad de pago demostrada. Para empezar, se requieren ingresos mínimos suficientes para hacer frente a la nueva cuota hipotecaria. La regla de oro es que la cuota mensual de la hipoteca no supere el 33% de los ingresos netos mensuales del hogar. Esto significa que si el salario medio neto mensual en Cantabria es de aproximadamente 1.500€, la cuota hipotecaria ideal no debería exceder los 500€. Los bancos también valoran un trabajo estable, preferentemente con contrato indefinido y una antigüedad mínima en la empresa (habitualmente de 1 a 2 años). La ausencia de deudas significativas y un historial crediticio impecable (sin figurar en ficheros de morosidad como ASNEF) son también cruciales. Aunque en la subrogación no se requiere una nueva tasación obligatoria ni un desembolso inicial para la compra, es prudente contar con algunos ahorros para cubrir posibles gastos menores asociados al proceso, como la comisión de subrogación si la hubiera, aunque el banco receptor suele asumir la mayor parte de los gastos. Un perfil financiero sólido es la clave para que los bancos compitan por ofrecerte las mejores condiciones.

¿Qué hipoteca te dan con tu sueldo en Santander?

La cantidad de hipoteca que un banco puede conceder está directamente relacionada con la capacidad de endeudamiento del solicitante, siguiendo la regla general de que la cuota mensual no debe superar el 33% de los ingresos netos. A continuación, se presenta una tabla orientativa de importes hipotecarios máximos que se podrían conceder en Santander, basándose en diferentes niveles de salario neto mensual y asumiendo un plazo de amortización de 30 años y un TIN orientativo que permita esa cuota, aunque la TAE final variará según el perfil.

Sueldo Neto Mensual (Cantabria) Cuota Máxima Recomendada (33%) Importe Hipotecario Orientativo (30 años)
1.200€ 396€ ~95.000€ - 105.000€
1.500€ 495€ ~115.000€ - 125.000€
2.000€ 660€ ~155.000€ - 170.000€
2.500€ 825€ ~195.000€ - 215.000€

Nota: Estos importes son orientativos y dependen en gran medida del TIN y TAE ofrecidos por el banco en el momento de la solicitud, así como de la existencia de otras deudas o cargas financieras. El banco siempre realizará un estudio de solvencia detallado.

Tipo de Oferta TIN Orientativo TAE Orientativa Plazo Vinculaciones Habituales Ventaja Principal
Hipoteca Fija Básica Competitivo (ej. 2.90% - 3.20%) Variable Hasta 30 años Domiciliación nómina, seguro hogar Estabilidad de cuota.
Hipoteca Fija Estándar Más bajo (ej. 2.70% - 2.95%) Variable Hasta 30 años Nómina, seguros, tarjetas, aportaciones fondos Mejor tipo a cambio de más productos.
Hipoteca Fija Premium Muy bajo (ej. 2.50% - 2.80%) Variable Hasta 30 años Nómina alta, seguros, fondos, planes pensiones, tarjetas, consumo Tipos excepcionales para perfiles muy vinculados.
Hipoteca Variable Euríbor + diferencial (ej. +0.50% - +0.80%) Variable Hasta 30 años Nómina, seguro hogar, tarjetas Potencial de cuotas más bajas con Euríbor bajo.
Hipoteca Mixta Fijo inicial (ej. 5-10 años al 2.80% - 3.20%), luego variable (Euríbor + diferencial) Variable Hasta 30 años Nómina, seguros, tarjetas Estabilidad inicial y flexibilidad futura.

Proceso paso a paso para conseguir tu subrogación de hipoteca en Santander

  1. Análisis de tu situación actual y búsqueda de ofertas (1-2 semanas):

    Evalúa las condiciones de tu hipoteca actual: TIN, TAE, comisiones, productos vinculados. Con esta información, contacta con diferentes bancos en Santander o a nivel nacional. Muchos bancos en Santander, como los principales mencionados (Santander, BBVA, CaixaBank, Sabadell, ING, etc.), están abiertos a subrogar hipotecas. Pídeles una oferta de subrogación donde detallen el tipo de interés (TIN y TAE orientativos), el plazo, las comisiones y las vinculaciones requeridas. Sé transparente sobre tu perfil financiero. Consejo práctico: No te quedes con la primera oferta; compara al menos 3-4 opciones.

  2. Presentación de documentación y estudio de viabilidad (1-2 semanas):

    Una vez que tengas una oferta que te interese, el banco receptor te pedirá una serie de documentos para estudiar tu perfil y viabilidad. Esta documentación incluye DNI, últimas nóminas, declaración de la renta, contrato de trabajo, vida laboral, extractos bancarios, escritura de tu hipoteca actual y el último recibo de la hipoteca. El banco analizará tu capacidad de pago, historial crediticio y solvencia. Si el estudio es favorable, te enviarán una oferta vinculante.

  3. Oferta vinculante y comunicación al banco actual (1 semana):

    El banco receptor te entregará la Oferta Vinculante y el resto de la documentación precontractual, incluyendo la FEIN (Ficha Europea de Información Normalizada) y la FIAE (Ficha de Advertencias Estandarizadas). Estos documentos son cruciales para entender todos los términos y condiciones. En este punto, el banco receptor informará a tu banco actual de tu intención de subrogar la hipoteca. Tu banco actual tendrá un plazo de 15 días naturales para presentarte una contraoferta, lo que se conoce como "derecho de enervación".

  4. Periodo de reflexión y visita al notario (10 días hábiles):

    La Ley 5/2019 establece un periodo de reflexión obligatorio de 10 días hábiles antes de la firma. Durante este tiempo, deberás acudir al notario que elijas (gratis para ti) para que te explique detalladamente la FEIN, la FIAE y el resto de la documentación. El notario verificará que entiendes todas las cláusulas y que la oferta es conforme a la ley. Deberás firmar un acta notarial confirmando que has recibido y comprendido toda la información. Esta es una salvaguarda esencial para proteger tus derechos como consumidor.

  5. Decisión final y enervación (si aplica) (15 días naturales):

    Si tu banco actual te hace una contraoferta (enervación) y la consideras mejor que la del nuevo banco, puedes aceptarla y quedarte en tu banco original. Si decides seguir adelante con la subrogación, deberás comunicárselo al nuevo banco y al notario transcurrido el plazo de enervación.

  6. Tasación (si aplica) (1 semana):

    Aunque la Ley 5/2019 establece que no es obligatoria una nueva tasación para la subrogación, el banco receptor puede solicitarla si lo considera necesario para verificar el valor del inmueble, especialmente si ha pasado mucho tiempo desde la tasación original o si hay dudas sobre su estado. Este coste, si se realiza, lo asume el banco. En Santander, con un precio medio del m² de 1.700€, la tasación confirmará el valor de mercado. Si se realiza, el coste orientativo de una tasación es de 350-600€, pero es el banco receptor quien asume este gasto, no tú.

  7. Firma ante notario (1 día):

    Llegado el día, te reunirás en la notaría con representantes del banco actual, del banco receptor y, si lo deseas, tu gestor o abogado. Se firmará la escritura pública de subrogación hipotecaria. En este acto, el nuevo banco abonará la deuda pendiente al banco original. El notario verificará que todo está en orden y que se cumplen todos los requisitos legales. Es un momento clave donde la seguridad jurídica está garantizada por la presencia del fedatario público.

  8. Inscripción en el Registro de la Propiedad (1-2 meses):

    Una vez firmada la escritura, la gestoría se encargará de inscribir la nueva hipoteca en el Registro de la Propiedad de Santander. Este paso es fundamental para que la subrogación tenga plena validez legal y para que el nuevo banco figure como acreedor hipotecario. Una vez completado este trámite, recibirás una copia simple de la escritura inscrita. Es un proceso que puede tardar varias semanas, pero la gestoría se encarga de todo.

Cuánto cuesta realmente una subrogación de hipoteca en Santander: todos los gastos

Una de las grandes ventajas de la subrogación es que la Ley 5/2019 ha trasladado la mayoría de los gastos al banco. Sin embargo, es importante conocer todos los posibles costes, aunque la mayoría no recaigan sobre el consumidor. En Cantabria, el ITP/AJD es del 10%, pero la subrogación no lleva este impuesto.

Concepto de Gasto Coste Orientativo Quién lo Paga (Ley 5/2019) Notas y Especificidades en Santander/Cantabria
Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) / ITP 0€ Ninguno La subrogación está exenta de AJD/ITP. Cantabria tiene un 10% de ITP, pero no aplica aquí.
Notaría ~900€ - 1.200€ Banco receptor El coste de la escritura de subrogación y el acta previa lo asume el banco. Tú tienes derecho a elegir notario y la visita previa es gratuita.
Registro de la Propiedad ~400€ - 700€ Banco receptor La inscripción de la nueva hipoteca en el Registro de la Propiedad de Santander la paga el banco.
Tasación ~350€ - 600€ Banco receptor Aunque no es obligatoria en subrogación, si el banco la solicita, la paga el banco.
Gestoría ~300€ - 500€ Banco receptor La gestión de los trámites administrativos (registro, notaría) la paga el banco.
Comisión de subrogación ≤0,15% - 0,25% del capital pendiente Deudor (tú) Es la única comisión que podría cobrarte tu banco actual por permitir la subrogación. Su importe máximo está limitado por ley (0,15% si quedan menos de 3 años, 0,25% si quedan más). El nuevo banco suele compensar este coste o incluirlo en la negociación.
Seguro de hogar Variable (anual) Deudor (tú) Es obligatorio por ley para cubrir el riesgo de incendio y otros daños. Puedes contratarlo con la aseguradora que quieras, no tiene por qué ser la del banco.
Otros seguros/productos vinculados Variable (anual/mensual) Deudor (tú) Seguro de vida, plan de pensiones, tarjetas... si los contratas para bonificar el tipo de interés, son gastos adicionales que debes valorar.

En resumen, los gastos directos que recaen sobre el cliente en una subrogación son mínimos y se limitan principalmente a la posible comisión de subrogación del banco de origen y los productos vinculados que se contraten voluntariamente. El resto, los asume el banco receptor, lo que hace de la subrogación una opción muy atractiva para mejorar las condiciones de tu hipoteca en Santander sin un gran desembolso inicial.

Lo que los bancos NO te cuentan sobre las hipotecas

  1. La vinculación no siempre compensa: Los bancos ofrecen tipos de interés más bajos a cambio de contratar productos como seguros de vida, de hogar, planes de pensiones, tarjetas de crédito o domiciliar nóminas y recibos. Sin embargo, el coste total de estos productos vinculados a menudo supera el ahorro en el tipo de interés. Es fundamental calcular el TAE real de la hipoteca incluyendo el coste de todos los productos para saber si realmente te compensa. Pide siempre el desglose detallado de cada producto y compara con ofertas de mercado externas.
  2. La "oferta personalizada" es negociable: Cuando un banco te presenta una oferta, especialmente en el contexto de una subrogación donde hay competencia, no es una propuesta inamovible. Siempre hay margen para la negociación, tanto en el tipo de interés (TIN y TAE orientativos) como en la eliminación o bonificación de ciertas vinculaciones. No aceptes la primera oferta y usa las ofertas de otros bancos como palanca de negociación.
  3. El seguro de hogar obligatorio no es con ellos: La Ley Hipotecaria exige tener un seguro de daños sobre el inmueble hipotecado. Sin embargo, los bancos a menudo presionan para que lo contrates con ellos, bonificándote el tipo de interés si lo haces. Tienes derecho a contratar el seguro de hogar con cualquier compañía aseguradora, siempre y cuando cumpla con las coberturas mínimas exigidas. Compara precios y coberturas antes de decidirte.
  4. Comisiones "cero" con asterisco: Muchos bancos anuncian "0% comisión de apertura" o "0% comisión de estudio". Si bien es cierto que la Ley 5/2019 ha eliminado la mayoría de estas comisiones, es crucial leer la letra pequeña. A veces, estas "cero comisiones" vienen acompañadas de otras condiciones o de un TIN/TAE orientativo ligeramente superior. En el caso de la subrogación, la única comisión que podría aplicarse es la de subrogación del banco de origen, con límites legales.
  5. La tasación la paga el banco, pero es clave: En una subrogación, la tasación, si se realiza, la paga el banco receptor. Sin embargo, el valor de tasación es determinante para el LTV (Loan To Value) y, por ende, para las condiciones de la hipoteca. Si la tasación es baja, el banco podría ofrecerte peores condiciones o incluso denegar la subrogación. Aunque no es obligatoria una nueva tasación en subrogación, tener una valoración actualizada de tu vivienda en Santander (precio medio m² 1.700€) te dará una ventaja negociadora.

Tus derechos legales que la mayoría desconoce

La Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, supuso un antes y un después en la protección de los consumidores hipotecarios. Estos son algunos de tus derechos fundamentales:

  1. Periodo de reflexión de 10 días hábiles: Antes de firmar cualquier hipoteca (incluida la subrogación), tienes derecho a un periodo mínimo de 10 días hábiles para revisar toda la documentación precontractual (FEIN, FIAE, proyecto de escritura). Durante este tiempo, el banco no puede solicitarte la firma ni cobrarte ningún gasto. Este derecho te permite analizar con calma las condiciones y resolver dudas.
  2. Visita gratuita al notario (previa a la firma): Dentro de ese periodo de reflexión, la ley te obliga a acudir al notario que tú elijas para que te explique, de forma gratuita, todas las cláusulas de la hipoteca. El notario debe asegurarse de que comprendes el contenido del contrato y de que no hay cláusulas abusivas. Esta visita se plasma en un acta notarial que es requisito indispensable para poder firmar la hipoteca.
  3. Entrega obligatoria de la FEIN y FIAE: El banco está obligado a entregarte la FEIN (Ficha Europea de Información Normalizada) y la FIAE (Ficha de Advertencias Estandarizadas) con una antelación mínima de 10 días hábiles a la firma. La FEIN es un documento estandarizado que contiene toda la información esencial de la hipoteca (TIN, TAE orientativos, cuotas, comisiones, vinculaciones, etc.), mientras que la FIAE advierte sobre cláusulas o riesgos específicos.
  4. Derecho a elegir notario y gestoría: Tienes plena libertad para elegir el notario y la gestoría que tramitarán tu hipoteca, aunque la mayoría de los gastos los asuma el banco. El banco no puede imponerte los profesionales que realicen estos servicios. Esto garantiza la independencia y la defensa de tus intereses.
  5. Sin comisión por cambio de notario: Si decides cambiar de notario en el último momento o durante el proceso, el banco no puede cobrarte ninguna comisión por ello. Este derecho refuerza tu libertad de elección y asegura que el notario actúe como un asesor imparcial.

Errores que hacen que te denieguen o encarecen tu hipoteca

Evitar ciertos errores comunes puede marcar una gran diferencia en la aprobación y en las condiciones de tu subrogación de hipoteca en Santander:

  1. Solicitar la hipoteca antes de tener un buen historial crediticio y ahorros: Muchos solicitantes se lanzan a pedir una hipoteca sin haber consolidado su estabilidad financiera. Es crucial tener un historial de pagos impecable, sin incidencias en ficheros de morosidad como ASNEF, y haber demostrado capacidad de ahorro. Aunque en la subrogación no se necesita un gran ahorro para la entrada, sí es importante para demostrar solvencia.
  2. Figurar en ficheros de morosidad (ASNEF, RAI): Estar incluido en cualquier lista de morosos es, en la práctica, una denegación automática de cualquier tipo de financiación bancaria, incluida la subrogación. Antes de iniciar cualquier trámite, asegúrate de que no tienes deudas pendientes y de que tu nombre no figura en estos registros.
  3. Cambiar de trabajo o empeorar condiciones laborales justo antes de solicitarla: Los bancos valoran la estabilidad laboral. Un cambio reciente de empleo, especialmente si implica un periodo de prueba o una reducción de ingresos, puede ser un motivo de denegación. Se recomienda tener una antigüedad mínima de 1-2 años en el puesto de trabajo actual antes de iniciar el proceso.
  4. Pedir más dinero del que realmente puedes asumir: Aunque quieras la mejor vivienda en Santander, solicitar un importe hipotecario que supere tu capacidad real de pago (recordemos la regla del 33% de los ingresos netos) es un error grave. Los bancos realizarán un estudio de solvencia exhaustivo y denegarán la operación si la ratio de endeudamiento es excesiva. Sé realista con tus posibilidades.
  5. No comparar suficientes ofertas y no negociar: Conformarse con la primera oferta o no comparar entre al menos 3-4 bancos diferentes es un error costoso. Cada banco tiene sus propias políticas y ofertas. La competencia es tu mejor aliada para conseguir un TIN y TAE orientativos más bajos, menos vinculaciones y mejores condiciones generales. Además, siempre hay margen para la negociación.

Preguntas frecuentes sobre subrogación de hipoteca en Santander

  1. ¿Puedo subrogar mi hipoteca si tengo una hipoteca variable y quiero una fija en Santander?

    Sí, absolutamente. De hecho, cambiar de una hipoteca variable a una fija es una de las principales motivaciones para realizar una subrogación, especialmente en entornos de incertidumbre sobre la evolución del Euríbor. La Ley 5/2019 facilita este cambio, permitiéndote asegurar una cuota estable y predecible en tu vivienda de Santander.

  2. ¿Es obligatorio cambiar mi seguro de hogar al subrogar la hipoteca?

    No, no es obligatorio. Tienes derecho a mantener tu seguro de hogar actual o contratar uno nuevo con la compañía que prefieras, siempre y cuando cumpla con los requisitos mínimos de cobertura exigidos por el banco. El banco no puede obligarte a contratarlo con ellos, aunque sí pueden ofrecerte bonificaciones en el TIN/TAE si lo haces.

  3. ¿Qué pasa si mi banco actual me hace una contraoferta mejor?

    Tu banco actual tiene un "derecho de enervación" de 15 días naturales para igualar o mejorar la oferta del nuevo banco. Si aceptas su contraoferta, la subrogación no se lleva a cabo y te quedas con tu banco, pero con las nuevas condiciones mejoradas. Es una excelente herramienta de negociación.

  4. ¿Cuánto tiempo tarda el proceso de subrogación de hipoteca en Santander?

    El proceso completo, desde la búsqueda de ofertas hasta la inscripción en el Registro de la Propiedad, puede tardar entre 1 y 3 meses, dependiendo de la agilidad de los bancos y la notaría. El periodo de reflexión legal de 10 días hábiles es un tiempo fijo que siempre se debe respetar.

  5. ¿Necesito una nueva tasación para subrogar mi hipoteca en Santander?

    La Ley 5/2019 establece que no es obligatoria una nueva tasación en los casos de subrogación de acreedor. Sin embargo, el banco receptor puede solicitarla si lo considera oportuno, por ejemplo, si ha pasado mucho tiempo desde la tasación original o si el valor de la propiedad en Santander (precio medio m² 1.700€) ha variado significativamente.

  6. ¿Puedo subrogar mi hipoteca si aún no he pagado mucho capital?

    Sí, puedes subrogar tu hipoteca en cualquier momento de su vida, siempre que las nuevas condiciones te resulten más favorables. De hecho, subrogar al principio puede ser más beneficioso, ya que el ahorro en intereses se aplica sobre un capital pendiente mayor.

  7. ¿Qué documentos necesito para iniciar una subrogación?

    Los documentos básicos incluyen DNI, últimas nóminas, declaración de la renta, contrato de trabajo, vida laboral, extractos bancarios, escritura de tu hipoteca actual, último recibo de la hipoteca y, si la tienes, la nota simple del Registro de la Propiedad de tu vivienda en Santander.

  8. ¿Qué ocurre si tengo deudas pendientes o estoy en ASNEF?

    Estar en ficheros de morosidad como ASNEF o tener un nivel de endeudamiento excesivo (más del 33% de tus ingresos netos) hará que sea prácticamente imposible conseguir una subrogación. Es fundamental sanear tus finanzas antes de iniciar el proceso.

  9. ¿Puedo subrogar mi hipoteca si tengo varios titulares?

    Sí, la subrogación es posible con varios titulares, siempre y cuando todos los titulares originales estén de acuerdo y cumplan con los requisitos de solvencia del nuevo banco. La documentación y el proceso serán los mismos para todos los implicados.

  10. ¿El banco receptor puede cobrarme gastos por la subrogación?

    No. Según la Ley 5/2019, el banco receptor (el nuevo banco) no puede cobrarte comisiones de estudio, apertura, ni gastos de notaría, registro, gestoría o tasación. El único coste que podría recaer sobre ti es la comisión de subrogación de tu banco de origen, si la hubiera, con los límites legales establecidos.

  11. ¿Qué es la FEIN y la FIAE y por qué son importantes en Santander?

    La FEIN (Ficha Europea de Información Normalizada) es un documento estandarizado que resume las condiciones de la hipoteca. La FIAE (Ficha de Advertencias Estandarizadas) destaca las cláusulas más relevantes y los riesgos. Son cruciales porque te permiten comparar ofertas de forma transparente y entender plenamente el contrato antes de firmar, garantizando tus derechos en el mercado hipotecario de Santander.

  12. ¿Dónde puedo reclamar si tengo problemas con mi subrogación en Santander?

    Si tienes algún problema o desacuerdo con el banco durante el proceso de subrogación, primero debes presentar una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de tu entidad. Si la respuesta no es satisfactoria o no recibes respuesta en el plazo establecido, puedes elevar tu reclamación al Banco de España (reclamaciones.bde.es), que es el organismo supervisor y defensor del cliente bancario.

Recursos y comparadores oficiales

▲ Aviso importante: Hipotecapedia es un portal de información hipotecaria independiente. No somos banco, agente ni intermediario. Los tipos de interés indicados son orientativos y pueden variar diariamente. Antes de firmar una hipoteca, solicita la FEIN y la FIAE y compara en al menos 3 entidades. Para reclamaciones, contacta con el Servicio de Reclamaciones del Banco de España. Tienes derecho a 10 días hábiles de reflexión (Ley 5/2019).