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Subrogación de Hipoteca en Salamanca

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¡Atención Salmantinos! El 40% de las hipotecas en Castilla y León podrían mejorar sus condiciones con una subrogación

El mercado hipotecario de Salamanca, con sus 145.000 habitantes y su vibrante vida universitaria, presenta unas características únicas que lo convierten en un terreno fértil para la optimización de las hipotecas existentes. Con un precio medio de la vivienda que ronda los 1.400€/m² (según datos de Idealista y Fotocasa para 2025-2026), y un salario medio neto mensual en Castilla y León de aproximadamente 1.250€, la gestión eficiente de los costes hipotecarios es crucial para la economía familiar. Si consideramos una vivienda tipo de 60m², la cuota orientativa mensual se sitúa en unos 294€, una cifra que, aunque accesible, puede ser aún más ventajosa si se aprovechan las oportunidades que ofrece la subrogación. Es importante recordar que el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) en Castilla y León es del 8%, un coste significativo que la subrogación ayuda a evitar al no ser una compraventa o una nueva hipoteca.

¿Qué es exactamente una subrogación de hipoteca?

Una subrogación de hipoteca es el proceso por el cual un deudor hipotecario cambia su hipoteca de un banco a otro, con el objetivo principal de mejorar las condiciones contractuales, como el tipo de interés, las comisiones o los productos vinculados. Es, en esencia, un "traslado" de la hipoteca, no una cancelación de la antigua y constitución de una nueva. Esta distinción es fundamental, ya que al no ser una nueva constitución hipotecaria, se evitan gran parte de los gastos e impuestos asociados a la apertura de una hipoteca desde cero. A diferencia de una novación (que es un cambio de condiciones con el mismo banco) o una cancelación y nueva constitución (que implica liquidar la hipoteca actual y firmar una completamente nueva), la subrogación se centra en la portabilidad del préstamo. Es una herramienta ideal para aquellos hipotecados que se sienten "atrapados" con condiciones desfavorables en su banco actual, pero no desean incurrir en los elevados costes de una nueva tasación o los impuestos asociados a una nueva operación. Es particularmente beneficiosa para quienes tienen un buen historial de pagos y una situación financiera estable, lo que les permite negociar mejores condiciones con una entidad bancaria dispuesta a asumir su préstamo. La Ley 5/2019, de contratos de crédito inmobiliario, ha simplificado y protegido este proceso, facilitando que los consumidores puedan ejercer su derecho a cambiar de entidad en busca de mejores condiciones.
Mejora sobre actual TIN Orientativo · Negociable
Variable TAE Orientativa · Perfil Cliente
Hasta 30 años Plazo Habitual · Flexibilidad
Sin nueva tasación obligatoria LTV Máximo · Ahorro Costes
0% (solo comisión subrogación ≤0,15%-0,25%) Comisión Apertura · Ley 5/2019
Banco de España Organismo Supervisor · Reclamaciones

Requisitos reales para conseguir una subrogación de hipoteca en Salamanca

Para que un banco en Salamanca esté dispuesto a subrogar tu hipoteca, evaluará tu perfil financiero con lupa, buscando solvencia y estabilidad. Los requisitos no difieren sustancialmente de los de una hipoteca nueva, pero la ventaja es que ya eres un cliente hipotecario con un historial de pagos. En primer lugar, los ingresos mínimos son fundamentales. Aunque no hay una cifra fija universal, la mayoría de las entidades bancarias exigirán ingresos netos mensuales estables que permitan una ratio de endeudamiento saludable. Lo ideal es que la suma de todas tus deudas (incluida la nueva cuota hipotecaria) no supere el 33% de tus ingresos netos mensuales. Si tus ingresos son más bajos, el margen para la subrogación se reduce drásticamente, a menos que el importe pendiente de la hipoteca sea muy bajo. Para el salario medio neto mensual en Castilla y León de 1.250€, esto significa que la cuota hipotecaria y otras deudas no deberían superar los 412,50€ al mes. La estabilidad laboral es otro pilar. Se valorarán contratos indefinidos con antigüedad, o en el caso de autónomos, una trayectoria consolidada de al menos 2-3 años con beneficios demostrables. Los periodos de prueba o cambios recientes de empleo pueden ser un obstáculo. Aunque la subrogación evita la necesidad de una nueva tasación obligatoria para determinar el LTV (Loan To Value) inicial, el banco receptor realizará su propia evaluación interna y podría solicitar una si lo considera necesario para su política de riesgos. En cuanto a los ahorros, aunque no se requiere el 20% de entrada más el 10% de gastos como en una compraventa, sí es prudente contar con un colchón para cubrir los gastos asociados a la subrogación (comisión de subrogación, notaría, registro, gestoría y posibles seguros), que aunque menores, existen. Un buen historial crediticio, sin incidencias en ficheros como ASNEF o RAI, es indispensable.

¿Qué hipoteca te dan con tu sueldo en Salamanca?

Aplicando la regla del 33% de endeudamiento máximo sobre el salario neto mensual, podemos estimar el importe de hipoteca que un banco podría conceder para una subrogación en Salamanca. Es crucial entender que estos son cálculos orientativos y no incluyen otros préstamos o deudas preexistentes, que reducirían la capacidad de endeudamiento para la hipoteca.
Sueldo Neto Mensual (aproximado) Cuota Máxima Hipotecaria (33% del sueldo) Importe Hipotecario Concedido (Orientativo a 30 años, TIN 3,5%)
1.250€ (Salario Medio Castilla y León) 412,50€ ~88.000€
1.500€ 495€ ~106.000€
2.000€ 660€ ~141.000€
2.500€ 825€ ~176.000€

Nota: Estos importes son meramente orientativos. El cálculo del importe hipotecario se ha realizado asumiendo un TIN orientativo del 3,5% y un plazo de 30 años. La capacidad real de endeudamiento dependerá de la situación financiera global del solicitante, incluyendo otras deudas, y de las políticas de riesgo específicas de cada entidad bancaria.

Tabla comparativa de ofertas de mercado para subrogación de hipoteca en Salamanca

El mercado hipotecario español es dinámico y competitivo, con bancos que buscan activamente clientes para subrogar sus hipotecas. Las ofertas varían en función del perfil del cliente, las vinculaciones y la situación económica general. A continuación, se presenta una tabla orientativa de los tipos de ofertas que podrías encontrar para una subrogación en Salamanca.
Tipo de Oferta TIN Orientativo TAE Orientativa Plazo Máximo Vinculaciones Habituales Ventaja Principal
Subrogación Básica Fija 3,00% - 3,50% 3,50% - 4,00% 20 - 30 años Nómina, recibos, seguro de hogar Estabilidad de cuota, sin sorpresas
Subrogación Estándar Fija 2,70% - 3,20% 3,20% - 3,70% 20 - 30 años Nómina, recibos, seguro hogar, seguro vida, tarjeta de crédito Mejor tipo fijo a cambio de más vinculaciones
Subrogación Premium Fija 2,50% - 2,90% 3,00% - 3,40% 20 - 30 años Nómina alta, recibos, seguro hogar, seguro vida, plan de pensiones, fondos inversión Tipos más competitivos para perfiles de alto valor
Subrogación Variable Euríbor + 0,49% - 0,99% 4,00% - 4,50% (Inicial) 20 - 30 años Nómina, recibos, seguro de hogar Aprovechar bajadas del Euríbor, cuotas iniciales más bajas
Subrogación Mixta Fijo: 2,80% - 3,30% (5-10 años); Variable: Euríbor + 0,69% - 1,19% 3,50% - 4,00% (Inicial) 20 - 30 años Nómina, recibos, seguro hogar, seguro vida Estabilidad inicial, flexibilidad futura

Nota: Los valores de TIN y TAE son meramente orientativos y pueden variar significativamente en función de la política comercial de cada banco en un momento dado, el perfil de riesgo del cliente, el importe del préstamo y las vinculaciones contratadas. Es imprescindible solicitar ofertas personalizadas para obtener datos precisos.

Proceso paso a paso para conseguir tu subrogación de hipoteca en Salamanca

El proceso de subrogación, aunque regulado por la Ley 5/2019, requiere de una serie de pasos que el hipotecado debe seguir diligentemente. Conocerlos te permitirá anticiparte y agilizar el cambio.
  1. Recopilación de Información y Documentación (1-2 semanas): Antes de nada, necesitas conocer a fondo tu hipoteca actual. Reúne la escritura de tu hipoteca, los últimos recibos, el cuadro de amortización, y cualquier otro documento relevante que detalle las condiciones de tu préstamo. También necesitarás tus nóminas, declaración de la renta, vida laboral y extractos bancarios.
  2. Solicitud de Ofertas a Nuevos Bancos (2-3 semanas): Con tu documentación en mano, contacta con diferentes entidades bancarias en Salamanca o a nivel nacional que ofrezcan subrogación. Explica tu situación y solicita una oferta vinculante. Es crucial que compares no solo el TIN, sino la TAE, que incluye todos los costes y vinculaciones.
  3. Elección de la Mejor Oferta y Presentación de Documentación (1 semana): Una vez que hayas comparado y elegido la oferta que más te conviene, presenta toda la documentación requerida por el banco receptor. Este realizará un estudio de viabilidad de tu perfil.
  4. Estudio del Banco Receptor y Solicitud de Certificado de Deuda (2-3 semanas): El nuevo banco analizará tu documentación. Si la oferta es preaprobada, te solicitará un "Certificado de Saldo Pendiente" a tu banco actual. Este certificado es crucial, ya que detalla el importe exacto que debes y las condiciones de la hipoteca.
  5. Oferta Vinculante y Período de Reflexión (10 días hábiles): Una vez que el banco receptor tenga toda la información, te entregará la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) y la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FIAE). Estos documentos son la oferta vinculante y te detallan todas las condiciones del nuevo préstamo. La Ley 5/2019 establece un período de reflexión obligatorio de 10 días hábiles antes de la firma ante notario, durante el cual no puedes firmar la operación.
  6. Visita al Notario (Previa a la Firma - Obligatoria y Gratuita): Dentro del periodo de reflexión de 10 días, deberás acudir al notario que hayas elegido (o el que te asigne el banco, siempre que sea de tu elección final). En esta visita, el notario te explicará detalladamente todas las cláusulas de la FEIN y la FIAE, resolviendo cualquier duda y asegurándose de que comprendes el contrato. Esta consulta es gratuita para el cliente.
  7. Notificación al Banco Actual y Derecho de Enervación (15 días naturales): Tras tu aceptación de la oferta vinculante, el banco receptor notifica a tu banco actual su intención de subrogar la hipoteca. Tu banco actual tiene un plazo de 15 días naturales para igualar o mejorar la oferta del nuevo banco (derecho de enervación). Si no lo hace, o su oferta no es mejor, la subrogación sigue adelante.
  8. Firma ante Notario y Registro (1-2 días): Una vez transcurrido el plazo de enervación y el periodo de reflexión, se procede a la firma de la escritura de subrogación ante notario. En ese momento, el nuevo banco se hace cargo de la hipoteca. Posteriormente, la escritura se inscribe en el Registro de la Propiedad de Salamanca.

Cuánto cuesta realmente una subrogación de hipoteca en Salamanca: todos los gastos

Aunque la subrogación es más económica que una nueva hipoteca, no es gratuita. La Ley 5/2019 ha redistribuido los gastos, asumiendo el banco la mayoría de ellos, pero aún existen costes para el cliente.
Concepto de Gasto Quién lo Paga (Ley 5/2019) Coste Orientativo para el Cliente Notas y Aclaraciones
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) / Actos Jurídicos Documentados (AJD) 0% para el cliente 0€ La subrogación no genera ITP ni AJD.
Comisión de Subrogación Cliente ≤0,15% - 0,25% del capital pendiente Es la única comisión que el banco actual puede cobrar por la subrogación, limitada por ley.
Notaría Banco receptor 0€ El banco receptor asume los gastos de notaría.
Registro de la Propiedad Banco receptor 0€ El banco receptor asume los gastos de inscripción en el Registro de la Propiedad de Salamanca.
Gestoría Banco receptor 0€ El banco receptor asume los gastos de gestoría.
Tasación Normalmente el cliente ~350€ - 600€ Aunque no es obligatoria una nueva tasación para determinar el LTV en subrogación, el banco receptor puede exigirla para su análisis de riesgo.
Seguro de Hogar Cliente (obligatorio) ~150€ - 300€/año El seguro de hogar es obligatorio por ley para la vivienda hipotecada. El banco no puede obligarte a contratarlo con ellos.
Seguro de Vida (vinculado) Cliente (opcional, pero puede mejorar tipo) Varía según edad/capital No es obligatorio por ley, pero muchos bancos lo exigen para aplicar mejores tipos. Siempre compara.
Comisión de Apertura 0% para el cliente 0€ La Ley 5/2019 prohíbe las comisiones de apertura en nuevas hipotecas y subrogaciones.

Nota: Los costes orientativos son aproximados y pueden variar. La comisión de subrogación es la única que el cliente paga al banco actual y está limitada por ley (0,25% durante los 3 primeros años de vida del préstamo y 0,15% a partir del tercer año para hipotecas a tipo fijo, y 0,25% durante los 3 primeros años y 0% después para hipotecas a tipo variable).

Lo que los bancos NO te cuentan sobre las hipotecas

Como experto hipotecario, he visto innumerables casos donde la falta de información juega en contra del cliente. Aquí te desvelo algunos "secretos" o prácticas que los bancos no suelen destacar:
  1. La trampa de las bonificaciones por vinculación: Te ofrecerán un tipo de interés muy atractivo, pero condicionado a la contratación de seguros, planes de pensiones, tarjetas, etc. Suma el coste de todos esos productos al tipo de interés para calcular la TAE real. Muchas veces, el "ahorro" en el tipo de interés se diluye o incluso se pierde con el coste de los productos vinculados.
  2. La letra pequeña de los seguros: Aunque el seguro de hogar es obligatorio, el banco NO puede obligarte a contratarlo con ellos. Tienes derecho a elegir la compañía que quieras, siempre que cumpla con las coberturas mínimas exigidas. Lo mismo ocurre con el seguro de vida, que no es obligatorio por ley, aunque lo usen como bonificación para bajar el tipo. Siempre compara ofertas externas.
  3. Los productos "obligatorios" que no lo son: A menudo, te presentarán la contratación de tarjetas de crédito o el ingreso de una nómina mínima como "requisitos" imprescindibles. Si bien pueden bonificar el tipo de interés, no son legalmente obligatorios para la concesión del crédito, salvo la nómina que acredite ingresos. Negocia y pregunta qué pasaría si no contratas uno de esos productos.
  4. La hipoteca "irresistible" con revisión de TAE: Algunas ofertas iniciales parecen fantásticas, pero la TAE se revisa anualmente y puede cambiar drásticamente si no cumples con las vinculaciones prometidas. Asegúrate de entender cómo se calcula la TAE y qué penalizaciones existen si dejas de cumplir alguna condición.
  5. La "novación encubierta" en la subrogación: Algunos bancos, al realizar la subrogación, intentarán introducir nuevas cláusulas o modificar aspectos que van más allá del simple cambio de entidad. Revisa minuciosamente la FEIN para asegurarte de que solo se están subrogando las condiciones que te interesan y no se están añadiendo elementos que te perjudiquen. El notario te ayudará en esta revisión.

Tus derechos legales que la mayoría desconoce

La Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, supuso un antes y un después en la protección del consumidor hipotecario. Conocer tus derechos es tu mejor arma:
  1. Derecho a la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN): Es una oferta vinculante y personalizada que el banco está obligado a entregarte. Contiene todas las condiciones de la hipoteca de forma clara y estandarizada, incluyendo el tipo de interés, la TAE, las comisiones, los productos vinculados y el cuadro de amortización. Es tu documento clave para comparar.
  2. Derecho a la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FIAE): Complementa a la FEIN, destacando las cláusulas más relevantes o que pueden suponer un riesgo para el prestatario (por ejemplo, los riesgos de una hipoteca multidivisa o las consecuencias del impago).
  3. Derecho a la visita gratuita al notario (Artículo 15): Antes de firmar la escritura de subrogación, tienes derecho y la obligación de acudir al notario que elijas (al menos 10 días hábiles antes de la firma) para que te explique el contrato y resuelva todas tus dudas, sin coste alguno para ti. El notario debe verificar que entiendes todas las cláusulas.
  4. Derecho al periodo de reflexión de 10 días hábiles (Artículo 14): Desde la entrega de la FEIN y la FIAE, dispones de un mínimo de 10 días hábiles para revisar la documentación y tomar una decisión informada. Durante este tiempo, el banco no puede exigirte ningún pago ni firmar la operación.
  5. Derecho a no pagar comisión por cambio de notario: La Ley 5/2019 establece que el cliente tiene derecho a elegir el notario y el banco no puede repercutirle costes adicionales por esta elección, ni obligarle a ir a un notario específico.
Si crees que tus derechos no están siendo respetados, puedes presentar una reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España (reclamaciones.bde.es), un organismo independiente encargado de resolver conflictos entre entidades bancarias y sus clientes.

Errores que hacen que te denieguen o encarecen tu hipoteca

Incluso con un buen perfil, cometer ciertos errores puede arruinar tu oportunidad de subrogar tu hipoteca o hacer que te ofrezcan condiciones menos favorables. Evita estos fallos comunes:
  1. Pedir la hipoteca antes de tener ahorros suficientes: Aunque la subrogación requiere menos capital inicial que una compra, es fundamental contar con un colchón para los gastos de la operación (tasación, comisión de subrogación, seguros) y para imprevistos. Un banco verá con buenos ojos que tienes capacidad de ahorro.
  2. Tener incidencias en ficheros de morosidad (ASNEF, RAI): Cualquier registro de impago, por pequeño que sea, en estos ficheros es una línea roja para los bancos. Antes de iniciar el proceso, asegúrate de que tu historial crediticio está limpio.
  3. Cambiar de trabajo o sector laboral justo antes de solicitar la subrogación: La estabilidad laboral es clave. Un cambio reciente genera incertidumbre para el banco, que busca ingresos estables y demostrables a largo plazo. Lo ideal es tener un contrato indefinido con al menos un año de antigüedad.
  4. Pedir un importe hipotecario que supera tu capacidad de endeudamiento: Aunque la subrogación es sobre un capital ya existente, si tus ingresos han disminuido o tus deudas han aumentado, la nueva cuota podría superar el 33% de tus ingresos netos. Esto es un riesgo para el banco y es motivo de denegación. Sé realista con tus posibilidades.
  5. No comparar suficientes ofertas o quedarse con la primera propuesta: El mercado hipotecario es muy competitivo. No te conformes con la primera oferta que te hagan. Dedica tiempo a comparar al menos 3-4 ofertas de diferentes bancos. Las diferencias en TAE, vinculaciones y comisiones pueden suponer miles de euros de ahorro a lo largo de la vida de la hipoteca.

Preguntas frecuentes sobre subrogación de hipoteca en Salamanca

Aquí tienes algunas de las preguntas más comunes que me plantean mis clientes salmantinos sobre la subrogación de hipotecas:

1. ¿Es un buen momento para subrogar mi hipoteca en Salamanca?

Dada la estabilidad del mercado inmobiliario salmantino, con precios contenidos y una demanda constante (gracias en parte a su carácter universitario), y en un contexto de tipos de interés que pueden haber variado desde que firmaste tu hipoteca original, es un excelente momento para revisar tus condiciones. Si tu hipoteca actual tiene un tipo de interés alto o muchas comisiones, la subrogación puede ofrecerte un ahorro significativo.

2. ¿Puedo subrogar una hipoteca variable a tipo fijo?

Sí, de hecho, es una de las principales razones para subrogarse. Muchos hipotecados con préstamos variables buscan la estabilidad que ofrece el tipo fijo, especialmente en épocas de incertidumbre sobre la evolución del Euríbor. Es un movimiento muy inteligente para asegurar tu cuota mensual a largo plazo en Salamanca.

3. ¿Qué ocurre si mi banco actual iguala la oferta del nuevo banco?

Si tu banco actual (el subrogado) iguala o mejora la oferta del nuevo banco (el subrogatorio) dentro del plazo de 15 días naturales que le otorga la ley, tienes la opción de quedarte en tu banco con las nuevas y mejores condiciones. Este derecho de enervación es una gran herramienta para el cliente, ya que fuerza a tu banco a competir por ti.

4. ¿Cuánto tiempo se tarda en completar una subrogación de hipoteca en Salamanca?

El proceso completo, desde la recopilación de documentos hasta la firma ante notario y el registro, puede llevar entre 1 y 2 meses, dependiendo de la agilidad de los bancos y la complejidad de la operación. Es fundamental tener paciencia y seguir todos los pasos cuidadosamente.

5. ¿Necesito una nueva tasación para subrogar mi hipoteca?

Legalmente, para la subrogación, no es obligatoria una nueva tasación para determinar el LTV inicial. Sin embargo, el banco receptor puede solicitar una para evaluar el valor actual de la vivienda en Salamanca y su política de riesgos. En ese caso, el coste de la tasación correrá a cargo del cliente, y es un gasto a considerar.

6. ¿Puedo subrogar mi hipoteca si tengo otras deudas o préstamos?

Sí, puedes, pero esto afectará tu capacidad de endeudamiento. Los bancos analizan tu ratio de endeudamiento global (cuotas de hipoteca + otros préstamos / ingresos netos) que idealmente no debe superar el 33%. Si tienes muchas deudas, tu capacidad para subrogarte con buenas condiciones será menor, o incluso podría ser denegada.

7. ¿Qué pasa si mi vivienda en Salamanca ha perdido valor?

Si el valor de tu vivienda ha disminuido significativamente desde que la compraste, esto podría influir en la decisión del banco receptor, ya que el LTV (Loan To Value) sería más alto. Aunque no es un impedimento directo para la subrogación, el banco podría ser más cauteloso o solicitar garantías adicionales.

8. ¿Puedo aprovechar la subrogación para ampliar el capital de mi hipoteca?

No, la subrogación pura solo permite cambiar de entidad y mejorar las condiciones del préstamo existente. Si deseas ampliar el capital, estarías realizando una novación o una nueva hipoteca, lo que implicaría otros costes y procesos. La subrogación se centra en la portabilidad del préstamo original.

9. ¿Es obligatorio contratar productos vinculados para subrogar mi hipoteca?

La Ley 5/2019 prohíbe la venta vinculada (obligar a contratar otros productos). Sin embargo, los bancos pueden ofrecerte bonificaciones en el tipo de interés si contratas ciertos productos (venta combinada). Siempre tienes derecho a elegir no vincularte, aunque esto pueda suponer un tipo de interés ligeramente más alto. Compara si la bonificación compensa el coste del producto.

10. ¿Qué documentación necesito para iniciar el proceso de subrogación en Salamanca?

Necesitarás la escritura de tu hipoteca, los últimos recibos, el certificado de deuda pendiente de tu banco actual, tus últimas nóminas, la declaración de la renta, tu vida laboral, DNI, y extractos bancarios. Cuanta más información aportes, más rápido será el estudio de tu perfil.

11. ¿Puedo subrogar mi hipoteca si soy autónomo en Salamanca?

Sí, los autónomos pueden subrogar su hipoteca, pero los bancos suelen ser más exigentes con la demostración de ingresos y estabilidad. Se solicitarán las últimas declaraciones de IVA e IRPF, la vida laboral, y un historial de actividad consolidado (mínimo 2-3 años). Una buena facturación y beneficios estables son clave.

12. ¿Dónde puedo reclamar si tengo problemas durante la subrogación de mi hipoteca?

Si sientes que tus derechos no se respetan o hay irregularidades en el proceso, puedes presentar una reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España (reclamaciones.bde.es). Este organismo es el supervisor y mediador en conflictos entre clientes y entidades financieras, y te proporcionará una vía oficial para resolver tu queja.

Recursos y comparadores oficiales

▲ Aviso importante: Hipotecapedia es un portal de información hipotecaria independiente. No somos banco, agente ni intermediario. Los tipos de interés indicados son orientativos y pueden variar diariamente. Antes de firmar una hipoteca, solicita la FEIN y la FIAE y compara en al menos 3 entidades. Para reclamaciones, contacta con el Servicio de Reclamaciones del Banco de España. Tienes derecho a 10 días hábiles de reflexión (Ley 5/2019).